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Nombran servidores contratados bajo el régimen laboral del D. Leg. N° 276

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 324-2019-EF/43

Lima, 6 de setiembre de 2019

CONSIDERANDO:

Que, el ingreso a la Administración Pública en la condición de servidor de carrera o de servidor contratado para labores de naturaleza permanente se efectúa obligatoriamente mediante concurso, siendo nulo todo acto administrativo que contravenga dicha disposición, en aplicación del artículo 28 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

Que, sin embargo, mediante la Centésima Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de diciembre de 2018, se autoriza excepcionalmente, durante el año fiscal 2019, el nombramiento del personal administrativo contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, que a la fecha de vigencia de la citada Ley ocupa plaza orgánica presupuestada por un periodo no menor de tres (3) años consecutivos o cuatro (4) años alternados, previa verificación del cumplimiento de los perfiles establecidos por la normatividad pertinente para cada plaza, siempre que la entidad no haya aprobado su Cuadro de Puestos de la Entidad en el marco de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil;

Que, de acuerdo con el artículo 6 y el inciso a) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, SERVIR tiene la potestad normativa que le permite dictar normas y directivas relacionadas a la gestión de recursos humanos del Estado;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 075-2019-SERVIR/PE, SERVIR resuelve formalizar el Acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el “Lineamiento para el nombramiento del personal contratado por servicios personales en el sector público bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, con el objetivo de establecer los requisitos, condiciones y procedimientos para que las entidades públicas realicen el nombramiento del personal administrativo mencionado, en el marco de las atribuciones previstas por la Centésima Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019;

Que, en atención a ello, mediante Memorando Circular Nº 011-2019-EF/43.02, la Oficina General de Administración comunicó a veinticuatro (24) servidores contratados los requisitos que debían cumplir; asimismo, se estableció el cronograma para la presentación de solicitudes; evaluación y verificación, publicación del cuadro final de resultados y la emisión de la respectiva Resolución, recibiéndose veintitrés (23) solicitudes;

Que, en tal sentido, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos para el nombramiento de personal contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, corresponde proceder al nombramiento de veintitrés (23) servidores contratados, el cual no genera incremento de remuneraciones; sin demandar recursos adicionales en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP vigente; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley Nº 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y, en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Nombramiento de personal del Ministerio de Economía y Finanzas

Nombrar a veintitrés (23) servidores contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 del Ministerio de Economía y Finanzas, en los cargos, niveles remunerativos, órganos y unidades orgánicas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- De la Remisión

Remitir la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración y a cada uno de los Órganos del Ministerio de Economía y Finanzas comprendidos; asimismo, se encarga a la Oficina de Recursos Humanos, la respectiva notificación a cada uno de los interesados.

Artículo 3.- Publicación

La presente Resolución, así como el Anexo que contiene la relación de los servidores nombrados, serán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

1804774-1

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