Consulta:
La empresa BB S.A nos solicita que determinemos si tiene que realizar pago de IR por deuda convertida al final del ejercicio.
En ese sentido nos brinda los siguientes datos:
La empresa “BB SA” tiene un capital social nominal de S/ 1,000.00
La empresa “El chanchito S.A” quiere invertir en ésta S/ 150,000.00, indicando que la misma será deuda convertible. Según acuerdo entre ambas partes, se estipula que el “El chanchito S.A” recibirá el 10% de las acciones de “BB SA” cuando la deuda se convierta en acciones.
La empresa “El chanchito S.A” recibe 110 acciones por un valor total de S/ 110.00 que representan el 10% del capital social de la empresa “BB SA”.
En ese sentido, la diferencia de 149,890.00 (150,000.00 – 110.00) que aparece en los registros de la empresa “BB SA” ¿estaría gravada con IR?
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