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Publicación en el diario oficial El Peruano: 14-12-2015

 LEY N° 30381

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE CAMBIA EL NOMBRE DE LA UNIDAD MONETARIA DE NUEVO SOL A SOL

Artículo 1. Objeto de la Ley

Es objeto de la presente Ley establecer el cambio de la unidad monetaria del Perú de Nuevo Sol a Sol, para agilizar las transacciones económicas y adecuarlas a la realidad actual.

Artículo 2. Modificación de los artículo 1,2,3,4,5 y 10 de la Ley 25295, ley que establece como unidad monetaria del Perú, el Nuevo Sol

Modifícanse los artículo 1,2,3,4,5 y 10 de la Ley 25295, Ley que establece como unidad monetaria del Perú, el “Nuevo Sol” divisible en 100 “céntimos”, cuyo símbolo será “S/.”, de manera tal que toda referencia al  Nuevo Sol se debe entender como Sol, cuyo símbolo es “S/”.

Artículo 3. Facultades al Banco Central de Reserva del Perú

Facúltese al Banco Central de Reserva del Perú a dictar disposiciones correspondientes a efectos de dar cumplimiento a las disposiciones de la presente Ley.

Artículo 4. Derogación

Deróguense o déjense sin efecto las normas que se opongan a la presente Ley.

Artículo 5. Vigencia

La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil quince.

LUIS IBERICO NÚÑEZ

Presidente del Congreso de la República

NATALIE CONDORI JAHUIRA

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO

Mando se publique y cumpla

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente de la República

PEDRO CATERIANO

Presidente del Consejo de Ministros

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