La Res SBS N 01484-2021 (pub. 19-5-21) aprueba el Procedimiento Operativo para el retiro facultativo de hasta 4 UIT (S/. 17, 600 soles) del total de los fondos acumulados en la cuenta individual (CIC) en el Sistema Privado de Pensiones.
Según la citada resolución, es de aplicación a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) y dispone el procedimiento para la aplicación de lo dispuesto en la Ley 31192, Ley que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones el retiro de sus fondos.
¿Qué personas califican? |
Califican todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, salvo que califique para acceder al REJA (Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo) para lo cual se evaluaran los ingresos de abril 2020 a marzo 2021, considerando como fecha de corte el 30 de abril de 2021, en cuyo caso no le es aplicable el retiro facultativo. |
¿Quiénes no acceden al retiro? |
Los afiliados ya pensionados o que hubieran realizado el paso 2 del retiro de hasta 95.5% |
¿Desde cuándo se puede presentar la solicitud? |
La solicitud de retiro podrá realizarse a partir del 27 de mayo, ingresando a (www.consultaretiroafp.pe). Al inicio será de acuerdo al cronograma que se estará publicando y según el ultimo digito del documento de identidad del afiliado. |
¿Cuál es el plazo con el que cuento? |
El afiliado dispone de 90 días calendarios para presentar la solicitud, esto es, hasta el 24 de agosto. |
¿Cuál será el cronograma de entrega de los fondos? | |
Esto dependerá del monto que se ha solicitado retirar | |
En un solo pago: Si el total del retiro no supera los (S/. 4, 400 soles) | En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde se presenta la solicitud ante la AFP. |
En dos pagos: Si el total del retiro se encuentra entre S/. 4, 400 y S/. 8, 800) | En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde que es efectuado el primer desembolso por la AFP. |
En tres pagos; Si el total de tu retiro supera los S/. 8, 800 soles) | En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde que es efectuado el segundo desembolso por la AFP. |
Si tengo retenciones judiciales o convencionales ¿me retienen algún importe? |
Si, solo en caso de pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, la AFP es responsable de retener hasta un máximo del 30% del monto retirado por armada. |
¿Cuáles son las obligaciones de la AFP |
Las AFPs deben:
– Establecer mecanismos para garantizar la disponibilidad de los canales de atención para atender solicitudes. – Brindar plataformas que soporten el registro de solicitudes y facilitar, en términos de tiempo y acceso, estándares mínimos que permitan su correcto llenado. – Divulgar, en su sitio web y/o en la del gremio, información de carácter general y sobre el estado de los tramites afiliados. – Verificar si el afiliado califica para acceder al REJA. |
¿Qué sucede si soy afiliado y me encuentro en el extranjero? O ¿imposibilitado físicamente? |
La AFP establecerá los protocolos de comunicación que les permita ingresar la solicitud de retiro de fondos por los canales y formatos que se habiliten para tan fin. Dichos protocolos serán difundidos por la AFP en su sitio web y en otros medios de difusión que estimen necesarios. |
¿Qué bancos participan? | |
Scotiabank
BBVA BCP Interbank BanBIF Banco de la Nación (*) |
Banco de Comercio
Banco GNB Caja Huancayo Caja Sullana Banco Ripley |
*Solo para afiliados que residen en zonas alejadas en donde solo hay agencia del Banco de la Nación como única oferta bancaria /UOB).
Cronograma:
Según las AFP, el cronograma ha sido elaborado en base al último dígito del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los afiliados, el cual es el siguiente:
- Si tu DNI termina en 0, letra u otro, podrás solicitar el retiro el 27 o 28 de mayo
- Si tu DNI termina en 1, podrás solicitar el retiro el 31 de mayo o 1 de junio
- Si tu DNI termina en 2, podrás solicitar el retiro el 2 o 3 de junio
- Si tu DNI termina en 3, podrás solicitar el retiro el 4 o 7 de junio
- Si tu DNI termina en 4, podrás solicitar el retiro el 8 o 9 de junio
- Si tu DNI termina en 5, podrás solicitar el retiro el 10 u 11 de junio
- Si tu DNI termina en 6, podrás solicitar el retiro el 14 o 15 de junio
- Si tu DNI termina en 7, podrás solicitar el retiro el 16 o 17 de junio
- Si tu DNI termina en 8, podrás solicitar el retiro el 18 o 21 de junio
- Si tu DNI termina en 9, podrás solicitar el retiro el 22 o 23 de junio
¿Cómo me registro?
Ingresa a www.consultaretiroafp.pe. y, luego de ello, efectuar lo siguientes pasos:
- Selecciona el tipo de documento de identidad.
- Ingresa el número de documento.
- Ingresa el dígito verificador.
- Ingresa tu fecha de nacimiento
- Clic en “no soy un robot”.
- Clic en “consultar”.
¿Cuánto dinero tengo en mi CIC?
Puedes ver el saldo de tu Cuenta Individual de Capitalización de Aporte Obligatorios (CIC) ingresando a través de la pagina o aplicación de tu celular, según lo siguiente:
-Para ver tu estado de cuenta en AFP Integra ingresa aquí
-Para ver tu estado de cuenta en AFP Profuturo ingresa aquí
-Para ver tu estado de cuenta en AFP Habitat ingresa aquí
-Para ver tu estado de cuenta en AFP Prima ingresa aquí
Si quiero tener mayor información de mis fondos de AFP y los canales de atención; ¿Dónde puedo acudir?