El 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Res. 064-2020 SUNAT la cual ha establecido el plazo y modo en que los empleadores del Sector Privado deben comunicar a la SUNAT el Código de Cuenta Interbancaria (CCI), a fin de obtener el subsidio para el pago de planillas que establece el DU 033-2020.
Recordemos que el Decreto de Urgencia 033-2020 dispuso, entre otras medidas, el subsidio para el pago de planillas de trabajadores de sector público. A esos efectos, el artículo 15° del mencionado decreto señala que el procedimiento para determinar el monto del subsidio se debe efectuar con abono en cuenta, para lo cual el empleador debe informar de manera remota el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) a la SUNAT, en el plazo y modos que esta establezca.
La Res. 064-2020/SUNAT (pub. 30-3-20) dispone que los empleadores deben comunicar a la SUNAT el CCI en el plazo de 7 días hábiles contados a partir del 28-3-20. Esta comunicación se efectuará a través de SUNAT Operaciones en Línea, ingresando su código de usuario y clave SOL, ubicando la opción en el rubro Empresas: Registro de CCI – Subsidio D.U. 033-2020.
VIGENCIA: La Resolución en comentario rige a partir de su fecha de publicación, es decir, el 30 de marzo de 2020.