Se modifica la regulación sobre la notificación de actos administrativos por medios electrónicos

El 08 de agosto de 2018, se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, la Res. 186-2018 SUNAT, mediante la cual regula la notificación de los actos administrativos por medios electrónicos, con la finalidad de que se notifique al deudor tributario a través de Notificaciones SOL, determinados actos administrativos derivados de las acciones de control de obligaciones tributarias, los cuales son:

  • El requerimiento de información o esquela de solicitud de información (mediante la cual se solicita información a los contribuyentes y que no forma parte de un procedimiento de fiscalización).
  • La esquela de citación en la que se solicita la comparecencia del deudor tributario para que proporcione la información que la SUNAT estime necesaria, fuera de un procedimiento de fiscalización.
  • Las cartas que se emiten en respuesta a comunicaciones y/o solicitudes que el deudor tributario presente con ocasión de acciones de control fuera de un procedimiento de fiscalización.
  • El cierre de requerimiento o esquela y acta de no asistencia a la comparecencia.

 

VIGENCIA: La presente norma rige a partir del 9 de agosto de 2018.

 

 

Puntuación: 5 / Votos: 3

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *