Como es sabido el 4 de abril de 2020 se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo Nº 059-2020-EF se autoriza al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) de manera excepcional, canalizar la entrega de donaciones provenientes del Sector Privado en favor de Entidades Públicas y de entidades benéficas sin fines de lucro, organizaciones y agencias internacionales especializadas, involucradas en la atención de población vulnerable para su distribución a la población en el marco del Estado de Emergencia Nacional declarado por el DS 044-2020-PCM y prorrogado por el DS 051-2020-PCM.
Mediante DS 067-2020 se autoriza la distribución a INDECI, la distribución a la población vulnerable de los bienes de ayuda humanitaria, consistente en alimentos.
Adicionalmente se establece con coordinación del MINSA, MIDIS y MIMP, así como otras entidades relacionadas con la atención de emergencia, establecer los criterios para la identificación de la población vulnerable