El 26 de marzo de 2020 se publicó en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo 072-2020 TR el cual aprueba el documento denominado “Guía para la aplicación del trabajo remoto”, a fin de proporcionar información relevante que oriente a los empleadores y trabajadores del trabajo remoto durante el Estado de Emergencia, aprobado por DS 044-2020-PCM, a consecuencia del brote del COVID -19.
Esta guía aprobó 17 interrogantes sobre el trabajo remoto, entre otras:
- ¿Qué es?
- ¿Hasta cuándo puede aplicarse?
- ¿A quiénes se aplica?
- ¿Qué obligaciones especiales corresponden a los trabajadores y empleadores?
- ¿Qué factores debe tener en cuenta el empleador para determinar el trabajo remoto?
- ¿Puede aplicarse a los casos confirmados del COVID 19 o a quienes tienen descanso medico?
- Puede aplicarse a quienes no pueden ingresar al país?
- ¿Qué medidas especiales aplican en el caso de trabajadores de riesgo?
- ¿En qué supuestos es obligatorio y en cuales facultativo?
- ¿Qué se puede hacer ante el incumplimiento en la regulación aplicable al trabajo remoto?
- ¿El incumplimiento de la regulación aplicable está sujeto a fiscalización?
- ¿Puede aplicarse las modalidades formativas?
- ¿Qué disposiciones rigen la jornada de trabajo?
- ¿Se deben complensar los gastos en los que incurre el trabajador?
- ¿Quién debe proporcionar los equipos y medios para desarrollar el trabajo remoto?
Finalmente, la Guía podrá visualizarse en el portal web del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo, www.gob.pe/mtpe.
VIGENCIA: La resolución en comentario entrará en vigencia el 26 de marzo de 2020.