El 6 de abril de 2020, se publicó en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial “El Peruano” Res. 068-2020 SUNAT la cual amplía el plazo y modo para que los empleadores del Sector Privado comuniquen a la SUNAT el Código de Cuenta Interbancaria (CCI), a fin de obtener el subsidio para el pago de planillas que establece el DU 033-2020.
Recordemos que el DU 033-2020 dispuso, entre otras medidas, el subsidio para el pago de planillas de trabajadores de sector público. A esos efectos, el artículo 15° del mencionado decreto señala que el procedimiento para determinar el monto del subsidio se debe efectuar con abono en cuenta, para lo cual el empleador debe informar de manera remota el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) a la SUNAT, en el plazo y modos que esta establezca.
La Res. 064-2020 SUNAT (pub. 30-3-20) dispuso que los empleadores deben comunicar a la SUNAT el CCI en el plazo de 7 días hábiles contados a partir del 28-3-20, es decir, hasta el martes 7 de abril de 2020.
Sin embargo, con el objetivo que un mayor número de empresas pueda cumplir con la comunicación del CCI antes del 07 de abril, mediante Res. 068-2020 SUNAT (pub. 6-4-20) se dispone ampliar el plazo hasta el 13-4-20, es decir, 06 días calendarios adicionales.
VIGENCIA: La Resolución en comentario rige a partir de su fecha de publicación, es decir, el 07 de abril de 2020.