DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS COMPROBANTES DE PAGO
Dictan disposiciones relativas a los requisitos mínimos que deben contener los Comprobantes de Pago
Oscar Panibra F.
Recientemente el Tribunal Fiscal emitió la RTF Nº 09882-9-2013 de observancia obligatoria, exigiendo que los comprobantes de pago deben contener, entre otros requisitos, la dirección completa del establecimiento en el cual se emiten, incluyendo el distrito y la provincia, para ser válidos.
Con la finalidad de solucionar el problema generado por la omisión en los comprobantes de pago de muchas empresas, que no consignaban la provincia, el día de hoy se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nº 245-2013/SUNAT mediante el cual la Administración Tributaria dispone lo siguiente:
Tratándose de tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras, la información de la dirección del establecimiento relativa al distrito podrá consignarse de manera abreviada, siempre que permita su plena identificación.
b) Información impresa consignada en los comprobantes de pago impresos hasta el 15/08/2013:
Lo dispuesto en el párrafo anterior también será de aplicación respecto de las facturas, boletas de venta y liquidaciones de compra que se aluden en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 156-2013/SUNAT.