FACULTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Mg. CPC Oscar Panibra 1) Introducción. La Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de sancionar las infracciones tributarias cometidas por el deudor tributario[1]. El Tribunal Constitucional[2] señala que la aplicación de una sanción administrativa constituye la manifestación del ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración. Como toda potestad en el contexto de un Estado