Las Clases de Posesión en el Perú
Categoría : General
Las Clases de Posesión en el Perú
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Posesión Inmediata y Mediata
Según el artículo 905 del Código Procesal Civil “es poseedor inmediato es el poseedor temporal en virtud un título”, corresponde la posesión mediata a quien confirió el título.
El poseedor mediato es aquel quien transmitió el derecho en favor del poseedor inmediato. Poseedor mediato es el titular del derecho, por ejemplo, el propietario, es aquel que cede la posesion quien confirio el titulo
El poseedor inmediato es el poseedor temporal, posee en nombre de otro de quien le cedio la posesion en virtud de un titulo y de buena fe, por ejemplo el inquilino que posee para el propietario.
Posesión de Buena fe
Prevista por el artículo 906º del Código Civil, “La posesión ilegítima es de buena fé cuando el poseedor cree en su legitimidad, por ignorancia o error de hecho o de derecho sobre el vicio que invalida su título”.
La buena fe es la conviccion que tiene el poseedor de que su titulo es legitimo y eficiente, esa creencia deriva de la ignorancia o error de hecho o derecho sobre el vicio que invalida su titulo.
Posesión de Mala fe
Nuestro Código Civil exprtesamente no define la posesión de mala fe, la posesión de mala fe es aquella que se ejercita cuando el poseedor tiene conocimiento que no tiene titulo o el que tiene padece de nulidad. La mala fe es una posesion ilegitima y viciosa sin título o con título inválido, la mala fe empieza cuando cuando termina la creencia de la legitimidad de la posesion al descubrirse el error o vicio que invalida el titulo.
La Posesión Precaria
La posesión precaria está legislada en el artículo 911º de nuestro Código Civil; el cual prescribe que: “La posesión precaria es la se ejerce sin título alguno o el que se tenia ha fenecido”.
Como podemos apreciar es una posesión ilegítima, porque falta título posesorio, ya sea porque no existió antes, o porque el título legítimo que dio nacimiento a la posesión terminó, quedando el poseedor sin título alguno que ampare su posesión.
La posesión precaria por falta de tiulo, es una posesión ilegítima ya que se carece absolutamente de titulo, por ejemplo tenemos las invasiones para fundar Pueblos Jóvenes y los Asentamientos Humanos Marginales.
Cuando el poseedor pierde la eficacia, ya que se extinguió los efectos del titulo, se trata de una persona que entro en posesión como poseedor ilegítimo y se transforma en poseedor ilegítimo al haberse vencido el plazo o haberse cumplido lac ondición resolutoria, como podemos ver ene este caso no existe buena fe ya que el poseedor es conciente del fenecimiento del tíitulo que tenia y por lo tanto es poseedor de mala fe desde el momento que se extinguio su titulo, pues tiene conocimiento que este ha expirado y que esta poseyendo indebidamente un determinado bien. como por ejemplo el arrendatario, anticrecista, usufructuario o comodatario quienes a pesar de haberse terminado el plazo aun continuan en la posesión
No se debe confundir la posesión ilegítima con la posesión precaria; ya que en la posesión ilegítima existe un título pero adolece de un defecto de forma o fondo, sin embargo en la posesión precaria se dapor falta absoluta del titulo.
La posesión puede ser legítima o ilegítima, dependiendo de su conformidad o no con el derecho, siendo la posesión de buena fé y la posesión de mala fé una subclasificación de la posesión ilegítima, la ilegitimidad de la posesión no sólo está dada por la existencia de un título viciado, es decir que adolece de alguna causal de nulidad o anulabilidad, sino que además esta se da cuando ésta se basa en un título el que el transfiriente carece de legitimidad para ello, es decir cuando el defecto es de fondo
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(Articuloz SC #1054756)