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Enseñanza del derecho con enfoque de género para la reforma del Sistema de Justicia

El pasado mes de julio del 2021 se aprobó la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia (D.S.  No 012.2021-JUS), la misma que fue aprobada por unanimidad por el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, con un horizonte temporal al 2025. La implementación de dicha política está a cargo de diversas entidades del Estado que deben coordinar con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el cumplimiento de sus objetivos prioritarios.

La mencionada política trae varias novedades, una de ellas es la aplicación a lo largo de la misma de un enfoque de género, lo que ha tenido como consecuencia su integración en varios puntos clave como en el fortalecimiento de los recursos humanos de las instituciones del sistema de justicia, en la mejora en el ejercicio y formación para la abogacía, así como un compromiso claro con el combate a la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, todo ello como parte de sus objetivos prioritarios.

En estas líneas me quiero referir especialmente al reconocimiento de la necesidad de que las Facultades de Derecho brinden énfasis a una educación legal con perspectiva de género. En efecto, la mencionada política hace un desarrollo amplio al respecto, tanto en su diagnóstico como en la matriz de políticas a ser desarrolladas, así como en lo relativo a los resultados esperados, como podemos ver en el siguiente cuadro:

Extractos de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia (D.S. No 012.2021-JUS)

Sección General Diagnóstico del sistema de justicia Matriz de propuestas de política pública en materia de justicia Informe de estimación de la propuesta de política pública de reforma del sistema de justicia
  Objetivos prioritarios Resultados esperados
Objetivo específico O.P. 6. Mejorar el ejercicio y formación para la abogacía Objetivo Prioritario 6: Mejorar el ejercicio y formación para la abogacía 2 Objetivo 6. Mejorar el ejercicio y formación para la abogacía
Página del documento p.  176 y sgts. p. 244 y sgts. p. 320 y sgts.

Fuente: DS Nª 012.2021-JUS. Elaboración propia

En la política se señala expresamente que en el Perú “se requiere establecer controles deontológicos efectivos del ejercicio de la práctica del derecho; y, en relación con ello, se requiere realizar la transversalización del enfoque de género en la práctica del ejercicio del derecho” (p. 176). Afirmación con la que estamos en absoluto acuerdo.

Para lograr ello, sin duda se requiere desarrollar no sólo una actitud crítica sino también herramientas de enseñanza, y trabajar con la comunidad educativa de las Facultades de Derecho. En ese sentido, las acciones propuestas para los próximos años pasan por promover la transversalización del enfoque de género en las mallas curriculares de las facultades de derecho, la incorporación de cursos ad hoc que puedan desarrollar este enfoque en los contenidos concretos, así como un trabajo constante con autoridades, docentes y estudiantes de Derecho.

Al respecto, queremos mencionar que algunos instrumentos ya han sido desarrollados en nuestro medio. En efecto, como parte de un esfuerzo de diversas profesoras de Derecho de la PUCP, hace algunos años desarrollamos una “Guía sobre enfoque de género en la enseñanza del derecho”, así como llevamos a cabo eventos académicos al respecto. De este desarrollo venimos dando cuenta en su momento en este blog* y por ello queremos expresar nuestra satisfacción que estos esfuerzos hayan sido tenidos en cuenta para este cambio en la política pública nacional y reiterar nuestro compromiso por una transformación del Derecho desde una perspectiva de género.

* Ver notas en la sección “Enseñanza del Derecho”