Archivo del Autor: LUIS SERRANO DÍAZ

Acerca de LUIS SERRANO DÍAZ

CON ESTIMA, UN ESPACIO PARA COMPARTIR TEMAS ACADÉMICOS - HACIA EL FORTALECIMIENTO DEL TRABAJO DECENTE Y EL DESARROLLO DE NUESTRO PAÍS. ABOGADO, CPC, DOCENTE UNMSM. GRACIAS A: UNMSM, PUCP, ESAN, UNAC, UNIVERSIDAD SALAMANCA DE ESPAÑA Y UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. GRACIAS INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL- ILTRAS; Y ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE JURISTAS DEL DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL GUILLERMO CABANELLAS - AIJDTSSGC. ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE DERECHO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL-AIDTSS. CIELO LABORAL PUBLICACIONES: EL TELETRABAJO RETOS Y DESAFÍOS EN LA RELACIÓN LABORAL; LA NUEVA INSPECCIÓN DEL TRABAJO EN EL PERÚ; LA INSPECCIÓN LABORAL Y SU PROBLEMÁTICA EN EL PERÚ; TRABAJO DECENTE EN EL PERÚ Y LA EFICACIA DE LOS CONVENIOS INTERNACIONALES DE LA OIT; NUEVAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO; NUEVA POLÍTICA FISCAL Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y PENALES COMO INSTRUMENTOS DE UNA REFORMA TRIBUTARIA, HACIA EL FORTALECIMIENTO DE LA CONCIENCIA TRIBUTARIA Y DISMINUCIÓN DE LA EVASIÓN; DIFERENCIAS ENTRE LOS CRITERIOS LABORALES Y TRIBUTARIOS RESPECTO DE LAS RETRIBUCIONES PERCIBIDAS POR EL TRABAJADOR, LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL NUEVO ESCENARIO DEL TELETRABAJO; LA INFORMALIDAD LABORAL, EL TRABAJO DECENTE Y LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO; NUEVA INSPECCIÓN DEL TRABAJO; LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN EL PERÚ;ETC.

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

[Visto: 1978 veces]

20110906-palacio_de_gobierno.jpg

Con fecha 20 de agosto de 2011, se promulgó la LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, Ley N° 29783, que trae consigo cambios muy importantes que invito a su revisión, tales como ampliación de las competencias del MTPE, sanciones de penas privativas a la libertad ante incumplimientos que deriven en accidentes de trabajo, la organización sindical tendrá un papel mas activo en la conformación del Comite de Seguridad, Etc. La Ley permitirá que la cultura sobre la seguridad mejore, así mismo siendo una primera norma como Ley referida a la salud y seguridad en el trabajo seguramente también necesitará de ajustes en función a la realidad y situaciones peculiares que nuestra variada realidad peruana presenta.

Sigue leyendo

INCREMENTO DE LA REMUNERACIÓN MÍNIMA

[Visto: 919 veces]

20110608-ministerio de trabajo.jpg

Por Decreto Supremo N°011-2011-TR, ( Publicado el 14 de agosto de 2011), se dispuso el incremento de la remuneración mínima de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en S/.75.00 nuevos soles, sumándose al monto anterior de S/.600.00 nuevos soles y siendo actualmente la de S/. 675.00 nuevos soles.Evidentemente este incremento tiene su efecto inmediato en todos los beneficios laborales y aportaciones que toman como base la remuneración mínima legal.

Sigue leyendo

FELIZ 190° ANIVERSARIO PATRIO DEL PERÚ

[Visto: 5508 veces]

20110728-PERU.jpg

Es este día especial, quiero expresarles mi saludo a todos, en costa, sierra y selva. Viva el Perú y felices fiestas patrias, sigamos ofreciendo lo mejor de nosotros para hacer de nuestra patria cada día mejor y sigamos sintiendo el orgullo de haber nacido en esta hermosa tierra de Incas y de maravillas. VIVA EL PERU.

Sigue leyendo

NUEVA OPCIÓN DE ENTREGA DE BOLETAS DE PAGO A LOS TRABAJADORES VÍA ELECTRÓNICA Y CON FIRMA DIGITALIZADA

[Visto: 3228 veces]

20110909-firma_electronica.jpg

Mediante el Decreto Supremo N° 009-2011-TR de fecha 22.07.2011, se establece la posibilidad que la entrega de la boleta pago pueda darse a través del uso de tecnologías de información y comunicación, en tal sentido se podrá enviar la boleta de pago vía correo electrónico u otro medio electrónico, al trabajador, sin embargo se establece que para que ello ocurra debe darse un acuerdo previo con los trabajadores y debe existir un registro de firma el cual debe ser implementado por el MTPE en un plazo de 90 días, en cuanto a la firma en la boleta de pago por parte del empleador se establece que en caso de que la empresa tenga menos de 100 trabajadores sera firmada y sellada por el empleador o su representante legal y en los casos que cuente con mas de 100 trabajadores la firma ológrafa y el sellado manual podrán ser reemplazados por la firma digitalizada previo acuerdo con los trabajadores e inscripción en el registro de firmas del MTPE

Sigue leyendo

NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL CONTRIBUYE A PERSEGUIR LOS DELITOS TRIBUTARIOS

[Visto: 2057 veces]

20110725-justicia ius.jpg

La aplicación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), Decreto Legislativo N°957 ( 29.07.2004) ha contribuido sin duda a través del juicio común así como de algunos procedimientos especiales, a superar las actuales dificultades en la persecución por delitos tributarios, incluso cuando el agente infractor se encuentre fuera del país.

Sigue leyendo

NORMAS RECIENTES SOBRE LAS PLANILLAS ELECTRÓNICAS ( REGISTRO DE INFORMACIÓN Y PLANILLA MENSUAL)

[Visto: 2691 veces]

20110706-sunat.jpg

Por Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT de fecha 04 de julio de 2011 (publicado el 05 de julio de 2011), se aprueban las normas y procedimientos para la presentación de la planailla electrónica conformada por el Registro de Información Laboral y la Planilla Mensual de Pagos así como para la presentación y declaración de los empleadores, invito a su revisión esperando que permita aclarar las anteriores normas sobre el T REGISTRO Y PLAME.

Sigue leyendo

GRATIFICACIÓN INTEGRA, LIBRE DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES- LEY N° 29714

[Visto: 4072 veces]

20090914-congreso-peru.jpg

Se promulgó la Ley 29714 (19.06.2011) que prorroga la vigencia de la Ley 29351 que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por fiestas patrias y navidad, hasta el 31 de diciembre del 2014. En tal sentido tenemos:
Artículo único.- Modificación del artículo 4 de la Ley 29351, Ley que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por fiestas patrias y navidad.
Modifícase el artículo4 de la Ley 29351, Ley que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por fiestas patrias y navidad, en los términos siguientes:

“Artículo 4. Vigencia
La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y rige hasta el 31 de diciembre del 2014.
Inclúyase dentro de este beneficio a los jubilados y pensionistas.”

Esto se traduce principalmente en el hecho de recibir de manera integra las gratificaciones legales y así mismo un monto adicional por bonificación extraordinaria ( 9%), la consecuencia sera contar que los trabajadores cuentes con mayor liquidez en los meses de julio y diciembre

Sigue leyendo

LEY 29711 QUE MODIFICA EL DECRETO LEY 19990

[Visto: 9175 veces]

20090914-congreso-peru.jpg

Mediante la Ley 29711(18.06.2011) recientemente promulgada, se modifica el D. Ley 19990, de la cual resaltaré el hecho de que ” es suficiente que el trabajador demuestre o pruebe su relación laboral”…, para considerarse que efectuó sus aportaciones, pues se entiende que la empresa tuvo que haber efectuado la retención y el correspondiente pago al Sistema Nacional de Pensiones. Sin duda esta modificación tendrá un efecto positivo en el reconocimiento de las aportaciones de los trabajadores, muchas veces visto como un víacrucis para muchos de ellos que buscan se les reconozca una pensión.

Sigue leyendo

MODIFICACIONES EN EL PDT 601 PLANILLA ELECTRÓNICA, T REGISTO Y PLAME

[Visto: 2889 veces]

A través del Decreto Supremo-015-2010-TR.(17.12.2010), se dio modificaciones importantes a la planilla electrónica creándose dos nuevas aplicaciones el T- REGISTRO Y PLAME, asi recientemente mediante D.S. 008-2011-TR ( 05.06.2011), Se introdujeron nuevas modificaciones a dicho aplicativos, entre ellas sólo resaltaré de manera sucinta que el T- REGISTRO permitirá tener información sobre los trabajadores, pensionistas, modalidades formativas , personal de terceros de manera actualizada y en linea con la RENIEC, debiendo ser esta registrada en SUNAT – SOL (operaciones en linea) ; Por otra parte la planilla mensual PLAME, se continuará declarando con el PDT 601, la cual comprenderá como es natural información de carácter remunerativo y el cual podrá ser estructurado de acuerdo a los conceptos que cada empresa otorga a sus trabajadores. La vigencia de esta última norma se ha prorrogado has el 01 de agosto de 2011. Este Decreto Supremo a su vez modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección, DS 019-2006-TR, considerando como infracciones el no registro en el T- REGISTRO), así como no tener actualizada la información o incorporar datos falsos. LSD

Sigue leyendo