LEY DE PATERNIDAD LEY Nº 29409 (Publicada 20.09.2009)

[Visto: 9030 veces]

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA APROBO LEY SOBRE LICENCIA POR PATERNIDAD.LA NORMA BUSCA PRINCIPALMENTE FORTALECER LA FAMILIA Y PERMITIR QUE LOS PADRES ESTEN CERCA DEL HIJO RECIEN NACIDO Y DE LA ESPOSA O CONVIVIENTE DURANTE LOS DIAS CERCANOS AL PARTO. EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO EL FUTURO PADRE DEBE COMUNICAR CON UNA ANTICIPACION DE 15 DIAS A LA FECHA PROBABLE DEL PARTO. EVIDENTEMENTE ESTA NORMA ESTA EN EL MARCO DE LAS RECOMENDACIONES PLANTEADAS POR LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO – OIT Y EN EL MARCO DE LA LEGISLACION COMPARADA.

Puntuación: 4.56 / Votos: 27

14 pensamientos en “LEY DE PATERNIDAD LEY Nº 29409 (Publicada 20.09.2009)

  1. Wilfredo Sanguineti Raymond

    Estimado amigo:
    Lo felicito por la iniciativa y los propositos de fomento del trabajo decente que la animan. A la vez, le agradezco la referencia a mi blog y le deseo exito en esta aventura, a partir de ahora comopartida.
    Un cordial saludo desde Salamanca:
    Wilfredo Sanguineti

    Responder
  2. Raymundo Reynoso Cama.

    La ley de licencia por paternidsd, no hace otra cosa que ajustarse al mandato imperativo de la
    Constitución Política, respecto a la protección familiar que debe brindar el Estado. En este caso se ha extendido esa protexión a la responsabilidad que debe cumplir el papá de la criatura recién nacida, brindándole acercamiento, protección y cuidados con la madre. Se felicita al parlamento peruano por esta decisión. Ojalá, que más adelante esté felicitándole por legislar leyes que favorezcan a los demás padres que no tienen un trabajo público, ni privado, dseempleados y desocupados, para que tengan un trabajo estable,y así proteger a la familia en forma efectiva. Gracias por la oportunidad.

    Responder
  3. Teodoro

    Hubiera sido mejor que la ley otorgara, al padre, ocho días de licencia. Me parece muy poco, teniéndose en cuenta que después del parto la madre queda inhabilitada para atender a su propio hijo recién nacido, a cocinar, a labar y a planchar la ropa, principalmente, toda vez que las geandes mayorías de hogares no cuentan con servidumbre, por los míseros salarios que tienen.

    Responder
  4. victor samuel Galan Ramirez

    AGRADESCO LA APROBACION DE ESTA LEY, YA QUE POR MUCHOS AÑOS LOS PADRES DE FAMILIA NO HAN TENIDO LA OPORTUNIDAD DE DISFRUTAR ESTE MOMENTO TAN IMPORTANTE A LADO DE SU CONYUGUE, CONVIVIENTE O ESPOSA, ESPEREMOS Q EL CONGRESO NOS SIGA SORPRENDIENDO CON APROBACIONES MAS JUSTAS QUE FAVORECEN AL TRABAJADOR PERUANO, SOLO UNA PREGUNTA QUISIERA SABER CUANTOS DIAS SON DE LICENCIA?… GRACIAS

    Responder
  5. Neralba Reynoso Cuzcano

    Sería conveniente que los organismos descentralizados del Sector laboral, hagan el seguimiento respectivo para percatarse si se está dando fiel cumplimiento en la aplicación de esta ley, de lo contrario, la bondad de este dispositivo legal no llegaría al pueblo y su redacción sería letra muerta. Además se debería hacer más difusión respecto a las ventajas que ofrece esta norma, dentro de la armonía y tranquilidad de una familia, lo que influenciará definitivamente en la formación de la personalidad del niño.

    Responder
  6. Neralba Reynoso Cuzcano

    Sería conveniente que los organismos descentralizados del Sector laboral, hagan el seguimiento respectivo para percatarse si se está dando fiel cumplimiento en la aplicación de esta ley, de lo contrario, la bondad de este dispositivo legal no llegaría al pueblo y su redacción sería letra muerta. Además se debería hacer más difusión respecto a las ventajas que ofrece esta norma, dentro de la armonía y tranquilidad de una familia, lo que influenciará definitivamente en la formación de la personalidad del niño.

    Responder
  7. Franklin

    Puede la empresa Declarar improcedente el permiso por parternidad cuando el padre no comunica en el tiempo establecido por la ley (en mi caso comunique con 8 dias de anticipación)
    y la empresa en la que laboro me esta negando el permiso.
    Gracias por la respuesta

    Responder
  8. jose danil

    mira amigo te pido un favor explicame un poco esta parte de la ley que dice "el inicio de la licencia se computa desde la fecha que el trabajador indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del nuevo hijo (a) y la fecha en que la madre o el (la) hijo (a) sean dados de alta por el centro médico respectivo" dime esto quiere decir que si mi esposa y mi hijo ya salieron de alta del hoapital ya no tengo derecho a pedir esta licencia; te agradeceria mucho si me respondieras. gracias por tu tiempo .

    Responder
  9. henry

    amigo soy trabajador de una empresa privada en el area de construccion civil,solicite el permiso por paternidad pero me lo denegaron aduciendo que es un regimen especial.por orientame que hacer gracias por la resdpueta

    Responder

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *