Estimados amigos de conformidad con la Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y el D.S. 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, ( Artículo 33°) los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son:
1.Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.
2.Registro de exámenes médicos ocupacionales.
3.Registro de monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
4.Registro de inspecciones internas de SST.
5.Registro de estadísticas de seguridad y salud.
6.Registro de equipos de seguridad o emergencia.
7.Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia
8.Registro de auditorías.
A tenerlo en consideración.