Más allá de la opinión pública, contraria a cualquier cambio en el Congreso, el retorno al bicameralismo constituye una de las reformas fundamentales de la agenda del Parlamento. La forma de abordarla tendrá que ver con su pertinencia, sus funciones, el tamaño de la representación y la forma de elección de los miembros.
Como se recordará, la naturaleza del Congreso fue severamente modificada por la Constitución de 1993. Lo que hoy tenemos es un congreso unicameral de 120 miembros, que no corresponde a un país como el nuestro. La bicameralidad permite una mejor representación (poblacional, territorial), un mejor control de las leyes a través de la revisión, una mejor elección de altos funcionarios del Estado, entre otras cosas.
En términos comparados, las democracias más estables y modernas son bicamerales. Además del criterio histórico, el tamaño del país ha sido importante. Es por eso que entre los 10 países más poblados del mundo, casi todos son bicamerales, mientras que en la lista de los más pequeños, casi todos son unicamerales.
Los congresos unicamerales –como el nuestro– se encuentran generalmente en países pequeños (los de Centroamérica, Bhutan, Namibia, etc.), nórdicos de monarquías constitucionales (Suecia, Noruega, Dinamarca, Finlandia), socialistas (China, Cuba), ex socialistas (Georgia, Hungría, Lituania, Albania) o reformados por gobiernos autoritarios (Venezuela con Chávez y Perú, con Fujimori). El resto, salvo excepciones, son bicamerales.
La Cámara de Diputados (de representación poblacional) debe desarrollar la función de control político, elaboración de leyes, acusación ante la cámara de senadores a los altos cargos del Estado, así como la potestad de censurar al primer ministro. La cámara de senadores debe encargarse de la función revisora de leyes y del nombramiento de todos los titulares de los organismos constitucionales autónomos, en cronograma de fecha fija y obligatoria. Es decir, un Parlamento con cámaras asimétricas.
Asimismo –a diferencia de la propuesta que nace de la Comisión de Constitución–, la cámara de senadores debe tener una representación territorial, con independencia del tamaño de las circunscripciones. La circunscripción única, que muchos proponen, no permite una representación de esta naturaleza. Los países que nacen de este tipo de circunscripción son excepcionales, como Colombia. Los liderazgos nacionales no tienen que ver con el tipo de circunscripción que les da origen, sino con la calidad de su de-sempeño.
Hasta que no se constituyan regiones, se deben elegir dos o tres senadores por cada departamento, considerando al Callao, Lima Metropolitana y Lima Provincias, de manera independiente.
Los congresos crecen cada cierto tiempo en la medida en que sus poblaciones lo hacen, de lo contrario se convierte en subrepresentativo, como el actual. Nuestros parlamentos tuvieron ese recorrido, desde 1822 con 85 parlamentarios, hasta los 240 en 1992, que fue disuelto por Fujimori. El tamaño de 120 no tiene relación con una población de cerca de 30 millones y un electorado que ya debe estar por los 17 millones. Por eso, para evitar mayores problemas la reforma debe pasar por que en la Constitución no se coloque un número fijo en su texto.
Pero más allá de las diferencias en algunos puntos, es momento de reorientar el diseño institucional, introduciendo el bicameralismo. Esto, obviamente, no podrá ponerse en práctica si no existe una voluntad mayoritaria para realizar la reforma. Lo único que podrá evitarlo es el actual fraccionamiento de la representación partidaria, uno de los males últimamente endémicos de nuestro Parlamento.
(El Comercio, 11 de junio del 2008)
señores la bicameralidad del congeso urge en demasia al estado a su organización.ya que, no devemos de basarnos en el número de leyes que nuestro parlamento promulga sino el la calidad y universaliad de las de estas. al tener un congreso con 120 “otorongos” se debatten las leyes con si se estuviara en una selva , enmarañada y llena de trampas, dificultando de esta forma un analisis sedurado y fundamentado de las nuevas leyes.
Estimado Fernando,
Me parece interesante que tu propuesta de bicameralismo haya tomado en cuenta los tipos distintos de representación que deberían tener las dos cámaras del parlamento; una que represente a los ciudadanos (la Cámara de Diputados) y la otra que sea de representación territorial (la Cámara de Senadores). En ese sentido, yo también he considerado que, teniendo en cuenta esos distintos tipos de representación, la segunda cámara (o de Senadores) debería ser elegida no como en el dictamen aprobado (en circunscripción única), sino en el ámbito de cada gobierno regional.
Al respecto, en mi artículo “¿Unicameralidad o bicameralidad? Falsos dilemas en la discusión sobre la reforma del Parlamento peruano”, Jus Doctrina & Práctica, N.º 7, Lima, Grijley, julio 2007, pp.271-283 (http://blog.pucp.edu.pe/nucleus/plugins/avatar/161.pdf), he desarrollado más ampliamente sobre las razones que justifican apostar por un bicameralismo de tipo federal (aquel en el que se tiene una cámara que representa a los ciudadanos y la otra que representa a los estados o regiones que integran la república). También he tratado recientemente el tema, haciendo una suerte de resumen del citado artículo, en mi blog (http://blog.pucp.edu.pe/item/24784#more).
En esa dirección, considero que para la elección de los miembros de la segunda cámara, podría optarse entre alguna de las siguientes alternativas: 1) elección por los ciudadanos, a través de sufragio universal, como ocurre en los Estados Unidos; 2) elección (o designación) de sus miembros por algún órgano de gobierno regional, de manera análoga a la elección del Bundesrat por los bundesländer de Alemania (en este último supuesto lo más adecuado sería que la elección la realice el Consejo Regional); o 3) conformación mixta , estableciéndose que una parte de sus miembros se elija por sufragio universal, en el ámbito de cada región o departamento, y otra parte sea designada por alguno de los órganos de gobierno regional, de manera parecida al caso español. ¿Qué opinas?
De otro lado, respecto al número de miembros de la segunda cámara, básicamente existen dos alternativas: establecer un mismo número de representantes para cada una de las circunscripciones regionales (territorios sobre cuya base se han constituido gobiernos regionales), atendiendo al principio de igualdad que deben tener estas circunscripciones entre sí; como en los Estados Unidos; o establecer un número distinto de representantes para las circunscripciones regionales, atendiendo a criterios poblacionales, como ocurre en Alemania o en la elección de los senadores españoles elegidos por las Comunidades Autónomas; atendiendo al distinto peso relativo que tienen las respectivas circunscripciones en función a criterios demográficos.
Al parecer, según el contenido de tu post, estarías apostando por que se establezca un número similar de congresistas para cada una de las circunscripciones (salvo que no te haya interpretado adecuadamente); sin embargo, considero que ello podría generar mucha resistencia en los departamentos con mayor población electoral. A mí me parece que lo mejor sería tomar el ejemplo alemán o español. ¿Qué opinas al respecto?
Un abrazo.
Carlo Magno, es un tema que lo vengo trabajando desde la transición del 2000. Las cámaras que son proporcionales no nacen, generalmente, del sufragio universal. Tu mismo ofreces los ejemplos. Mi propuesta es 180 diputados (proporcional) y 75 senadores (3 por departamento). Hay países que lo tienen y no pasa nada (sobre este tema), como Bolivia. Esto no es ni lleva al federalismo.
Estimado Fernando:
Me parece muy buena la idea que propones de que: en la Constitucion no se ponga un numero fijo de parlamentarios (como en Brasil), en la medida que es mucho mas factible que un congreso fraccionado como el actual, puede llegar a un consenso, lo que no ha sucedido al debatir sobre bicameralidad.
Tu crees que ayudaria a la legitimidad del Congreso si se puediera hacer dicha reforma constitucional, sin que haya bicameralidad.
Gracias anticipadas por tu respuesta.
No creo que el Congreso actual haga ninguna reforma constitucional. Creo que la bicameralidad, debe estar acompañada de un incremento del número de congresistas.