El Principio de Autoridad, la relación de la autoridad y el poder… reflexiones

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El Principio de Autoridad, un término que en el imaginario del ciudadano está asociado a cumplir o acatar las disposiciones que una “autoridad estatal o privada” (según sea el caso) disponga, esta definición minimalista nos muestra lo que llamaríamos “sentido común” de lo que entendemos como Principio de Autoridad (PA), sin embargo, realmente este término abarca más conceptos que algunos casos son tan amplios que pone en duda una significación sencilla del PA.

Además, este llamado principio es libremente aceptado o no por el ciudadano – por el peruano, tal como podemos observar en la actuación diaria de nuestra sociedad, donde la recurrente información mediática, nos recuerda que existe un transportista que evade la intervención de una autoridad, o un ladrón de poca monta que roba un celular y este es liberado horas después, o un alto funcionario público que libremente desobedece normas éticas internas sin que a este se le sancione, o un periodista o conductor de programa televisivo que vilipendia de manera arbitraria contra un funcionario publico o ventila la intimidad de un personaje mediático o público amparado en el extremo exagerado de la libertad de expresión, o un ciudadano que considera que la vía publica es su baño de diario y lo emplea como tal sin importar el lugar o en presencia de quien lo realiza, o una autoridad edil que considera que su fuerza pública – serenazgo esta más allá que la propia policía, o la más común de todas cuando un conductor de transporte publico con 68 papeletas maneja impunemente en las calles de lima y al ser intervenido huye o peor aun se enfrenta a la autoridad policial, entro otros ejemplos que seguro tienen en su mente.

Toda esta realidad entre muchas más, mella directamente en la confianza que debe tener el ciudadano hacia la autoridad legalmente establecida, por una sencilla razón, la impunidad o la incapacidad de que esta autoridad en ejercer el PA de manera efectiva, lo que ocasiona que el ciudadano le tenga sin cuidado acatar o no las leyes o normas, porque al observar que, a pesar de cometer una infracción o delito, la justicia (sanción o multa) no llega hacer efectiva, ¿la pregunta es porque sucede esto? ¿Es necesario siempre sancionar o multar? o es mejor actuar bajo la convicción que todos (con mínimas excepciones) debemos cumplir las leyes o normas, como es en otras latitudes del mundo, o Uds. creen que, en otro país – por ejemplo Canadá (u otro país que se imaginen), el mencionado transportista evitaría o huiría de la autoridad policial o el chofer que tenía 68 papeletas podrá seguir conduciendo libremente o el alto funcionario público desobedezca libremente normas éticas internas, estoy seguro que NO actuarían de esa manera, sino por el contrario actuarían por convicción o quizás por temor a ser efectivamente sancionados, la cuestión es porque ahí sí y acá no?, la respuesta la encuentro en la convicción de respetar el PA o mejor dicho la Autoridad (A.), que como indique líneas arriba es un concepto amplio, que trataremos de enfocarlo o clarificarlo, para luego realizar algunas reflexiones y proponer algunas sugerencias que el PA peruano sea tan sólido como la tierra que nos cobija – nuestro Perú.

La A. está directamente relacionada con el Poder (P.), esta afirmación la hacemos en base a las definiciones sobre A. que realizan Borja[1] y Bobbio[2] (autores que tomaremos como base normativa para la presente ponencia), los cuales  definen A. como un factor ético – normativo, que se fundamenta directamente con la moral, es decir esta más relacionado a la persona que ejerce, por mandato legal o normativo o por decisión colectiva de una sociedad o agrupación, la A. la cual debe contar con la legitimidad de los que son los receptores de dicha A., es decir el acatamiento de sus disposiciones o mandatos deben ser cumplidos por convicción (la razón que obliga moralmente la voluntad) y no por obligación, es decir son persuadidos de aceptar la autoridad y de cumplir sus disposiciones, sin tener la necesidad de obligarlos o emplear la fuerza para dicho propósito.

Por otro lado, el P. es un elemento factico, por el cual el que lo detenta puede imponer su voluntad, hacerse obedecer sin importar (en algunos casos) si sus disposiciones están al margen de la ley, apoyándose en la intimidación, en el empleo de la fuerza, en la coacción o coerción.

El P. permite al Estado (E.) imponer el cumplimiento de leyes y normas, empleando para ello la coacción o coerción, e inclusive la fuerza para este propósito de mantener su voluntad o mandato, es decir el P. es una atribución de la sociedad política, entendida como la esfera publica o estatal en su conjunto (Fuerza Pública, Poder Judicial, Electoral, etc.), que debe prevalecer su A. empleado para ello su P., es decir en palabras de Borja “ … la autoridad haga uso del poder cuando lo requiera y el poder refuerce la autoridad. …”.

Pero que sucede en otras esferas de la sociedad en general, por ejemplo la sociedad civil, cuando esta se agrupa en asociaciones, estas se rigen bajo un estatuto, donde se elige una máxima A. y donde el P. esta relacionado a la capacidad que tiene la A. en que sus miembros cumplan el estatuto, esta  obligación no está relacionada a la fuerza, esta relacionada a la capacidad que tiene la A. en sancionar a uno de sus miembros, pero si este no cumple a pesar de ello – en un caso extremo, esta A. debe buscar al E. para dar solución a controversias y así obligar mediante el empleo del P. del E. a acatar alguna disposición emanada por la A. de la asociación. Es decir, fuera de la esfera del E. la relación de A. y P. existe, pero sin la posibilidad de emplear la fuerza como medio de obligación para cumplir un mandato.

Como apreciamos, podemos inferir que es necesario que una autoridad (estatal o de otra asociación menor) cuente con P. para ejercer su A., sin embargo, esto no podría ser necesario, si al receptor de la A. acatara o respetara los mandatos de la autoridad nombrada, por convicción y por su voluntad, es decir que el ciudadano o miembro no requiera de amenazas, no necesite sentirse coaccionado o tenga temor de que se emplea la fuerza contra él para cumplir los dispuesto por la citada autoridad, esto pues sería lo ideal.

Esta situación ideal es posible de alcanzar, existe como lo precise anteriormente, que en un determinado país, los ciudadanos (la gran mayoría) cumplen las normas o disposiciones del Estado, sin que este se encuentre observando constantemente su actuar, porque lo hacen seria la gran interrogante, esbozo dos (02) posibles respuestas, ambas complementarias, una respuesta se enmarca en la percepción del ciudadano de que la A. ejercerá todo su P. para hacer cumplir su mandato, disponiendo de todas las posibilidades que cuenta (coacción o empleo efectivo de la fuerza, coerción, sanción directa u otra medida restrictiva prevista en las normas o leyes) por lo que el ciudadano o miembro (si la situación se realiza dentro de una asociación menor) se siente intimidado para obedecer o acatar las disposiciones de la autoridad; complementado esta percepción o intimidación proveniente del que detenta la A., está la segunda respuesta que se encuadra en la legitimidad que le proporciona el ciudadano o miembro, que es básicamente la aceptación de la autoridad por lo que es – por lo que representa, a quien se le guarda el respeto debido y consecuentemente se legitima su P. para actuar (de ser necesario) con firmeza, lo que reafirma la A. del Estado o asociación menor, sobre el ciudadano o miembro.

Son ambas situaciones de percepción y legitimidad, en las que el ciudadano o miembro de una asociación consolida el PA, siendo la legitimidad la principal razón de esta consolidación, a razón que ella es la que permite la aceptación irrestricta de la A. con P., es decir la convicción y aceptación moral de que esta autoridad actúa bajo principios éticos – morales, y con el conocimiento que de ser  necesario puede emplear su P. a fin de afianzar su A., es aquí donde ambas situaciones se amalgaman (legitimidad y percepción), lo cual podríamos resumir en términos militares como “disuasión” la misma que para este caso particular podrá ser :

disuasión positiva = la NO necesidad de la A. de demostrar la capacidad de emplear su P. para que se cumpla la voluntad de la autoridad, o

disuasión negativa = la necesidad de la A. de emplear el P. para ejercer bajo presión que se cumpla su voluntad (cumplimiento de leyes, normas, disposiciones, etc.).

Es esta “disuasión” de la A. con P. la cual debe ser cimentada, idealmente en una disuasión positiva, es decir promover que todos ciudadanos legitimen la autoridad del Estado y que este no incumpla los principios éticos – morales de donde se fundamenta la A., de no ser posible ello por diversas razones (por el irrespeto a la A. a causa principalmente por la impunidad u otras razones) es necesario que la disuasión negativa sea evidentemente demostrada (la reprehensión de la falta, el castigo por un delito, la intolerancia a faltas leves, la eliminación del proteccionismo entre autoridades, que ningún delito o falta quede impune, etc.) a fin que el ciudadano perciba que ante su negativa a acatar la A., esta puede emplear su P. en todo su extensión, llegando inclusive al uso de la fuerza.

Como lograr que el Estado o una Asociación menor que detenta la A. y el P., consolide el PA sobre sus ciudadanos o miembros, desde mi punto de vista, obteniendo la legitimidad de estos (disuasión positiva), a través de una adecuada comunicación de los deberes que detenta la autoridad y que ellos trabajan o ejercen la A. para beneficio de todos, es decir una comunicación pro activa a toda la sociedad, ya sea mediante la Educacion (con materias del tipo educación cívica o similares, que algunos de Uds. seguro han seguido o habrán escuchado) en todos los niveles (esencialmente escolar y universitario) o por campañas mediáticas que eleven los valores éticos morales de las autoridades (algo complejo en nuestra realidad, pero posible, quizás iniciar resaltando el compromiso de las Fuerzas Armadas en el deber de resguardar a los peruanos y que ellos detentan la autoridad y deben ser respetados – que estoy convencido que la gran mayoría de peruanos tiene ese sentir, análogamente con nuestra Policía Nacional y el Ministerio Publico, y así con los demás miembros del aparato estatal).

Además, para complementar la consolidación del PA, es necesario que la disuasión negativa este presente, acompañada con campañas o acciones que eviten la impunidad en todo del Estado, es decir la percepción de que si te “sales de la raya” o “no cumples las normas y leyes” te van a reprender o castigar o sentenciar, estas acciones deben ser efectuadas con el compromiso de la misma autoridad que cuenta con el P. de efectuar esta disuasión negativa, de no hacerlo corre el gran riesgo de perder legitimidad, lo que conllevaría a una dictadura (a razón que contara con el P. mas no con la A.)

Finalmente, este tema da para un mayor análisis quizás del tipo Sociológico, sin embargo, desde el punto de vista Político, es necesario reflexionar sobre ello, a razón que podemos afirmar (tal como lo menciona Borja) que una A. con P. no legitimada se convierte en una dictadura, en vista que cuentan con el P. pero no con la A., lo cual extrapolado a una realidad política acarrearía a una inestabilidad de un gobierno, tal como lo menciona Bobbio[3]:

“… Una clase política articulada en una pluralidad de grupos, que reconocen todos la legitimidad del régimen político, da origen, en igualdad de condiciones, a gobiernos más eficaces y estables que los originados por una clase política en que una parte importante no reconoce el régimen como legitimo. …”

Es claro que lo indicado anteriormente calza perfectamente en nuestra realidad política, por lo que la legitimidad o disuasión positiva de la A. es imperativa y aunada con el P. que detenta esta autoridad conlleva a la consolidación del PA, y por lo tanto a una sociedad y un Estado más eficiente y estable, algo que necesitamos todos los peruanos, así que no claudiquemos en poder contar con autoridades consideradas por todos como legitimas, es decir que ostente la A. y su P. con la aceptación moral y ética de todos los peruanos, para ello estas autoridades deben ser conscientes de esta gran responsabilidad, de no hacerlo, debemos exigirles que actúen de manera pro activa y cumplan escrupulosamente las normas y leyes, en caso contrario seremos todos responsables de no contar con un solido Principio de Autoridad.


[1] Rodrigo Borja – Enciclopedia de la Política Edición 2012 – Tomo I págs. 90 – 92.

[2] Bobbio, Matteucci y Pasquino- Diccionario de Política – 16ta Edición 2008 – Tomo I pág. 118 – 125

[3] Ibid, pag 122

 

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