Fundamento destacado: 20. De la argumentación anteriormente descrita, este Tribunal Constitucional aprecia que el órgano judicial demandado no ha cumplido con la exigencia constitucional de la motivación de las resoluciones judiciales, toda vez que con los fundamentos de la resolución cuestionada no se argumenta o describe una suficiente justificación objetiva y razonable a efectos de sustentar la concurrencia típica del interés indebido previamente delimitado como materia impugnatoria y cuestión de discusión de la sentencia superior revisora.

Contenido de la resolucion

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FUENTE:

https://lpderecho.pe/negociacion-incompatible-tc-ordena-nueva-sentencia-vista-porque-sala-desarrollo-interes-debido-expediente-05127-2022-phc-tc/