LLEVADO DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS EN SUNAT
Categoría : Código Tributario , Cronograma de vencimientos , Impuesto a la Renta , UIT
I.- Introducción:
El Código Tributario dispone que los procedimientos tributarios, y otras actuaciones, llevados a cabo por la SUNAT puede realizarse mediante sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos. A efectos de ello, se detallan determinadas reglas para garantizar su uso, tales como la utilización del expediente electrónico (almacenamiento, archivo y conservación de los documentos que se generan o se presentan en los distintos procedimientos), el respeto de los principios de accesibilidad e igualdad y la protección de datos personales.
En este marco, la SUNAT aprobó mediante la Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT, el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) para el llevado de expedientes electrónicos. Esta norma ha sido modificada en reiteradas oportunidades hasta el año 2019.
A continuación, se desarrollará el desarrollo de este sistema y su importancia actualmente en esta situación de emergencia que está pasando el país.