Desde hace un buen tiempo el término vacancia ha pasado de los labios sueltos hasta el conteo de votos. Los audios difundidos por el muy astuto y procesado congresista Edgar Alarcón -personaje que expresa lo bizarro que puede ser la política peruana-, presidente de la Comisión de Fiscalización, muestran a un siempre fanfarrón Richard (Swing) Cisneros y a una persona de confianza de Palacio, en conversaciones que comprometen al propio presidente de la República, Martín Vizcarra, y que han provocado un revuelo político que ha trepado, en pocas horas, en voces que exigen la vacancia presidencial. ¿Cómo es posible que un gobierno cuyo presidente tiene tan sólo un puñado de personas de confianza, esté en medio de un culebrón en el que participa un personaje alucinógeno y una secretaria que graba al propio mandatario y que ahora parece que conspira contra él? Pero más allá de las conversaciones que se deben aclarar (el presidente puede ser procesado a partir del 28 de julio del 2021) y frente a un gobierno que tantas veces se ha disparado a los pies, estamos delante de un tema que se requiere observar con sumo cuidado, allí donde se quiere pescar a río revuelto.
Todo esto se basa en la interpretación del artículo 113 de la Constitución, que señala que el Presidente de la República puede ser vacado por: 1) Muerte 2) Permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso 3) Aceptación de su renuncia por el Congreso 4) Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado 5) Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.
Todos son supuestos objetivos, con excepción del numeral 2, que no lo es. Sin embargo, esta parte del artículo se ha heredado históricamente desde la Constitución de 1839. Pero, en el siglo XIX se entendía la incapacidad “moral permanente”, como “incapacidad mental” permanente. En ese sentido, se podía entender también como un supuesto objetivo. No se trata pues, de una valoración ética, sino de una valoración objetiva, si es que el presidente se encontraba incapacitado “mentalmente” para proseguir en el cargo. Se requería, al igual que la “incapacidad física”, una evaluación médica psiquiátrica para declarar la “incapacidad moral (mental)”, con la que el Congreso, posteriormente, procedería a declarar la vacancia del cargo de Presidente de la República.
Lamentablemente en lo que va del siglo y, sobre todo, por haber sido utilizada para el caso de Alberto Fujimori, luego de su fuga del país, los opositores a los distintos presidentes, al ver que el presidente de la República no puede ser acusado constitucionalmente durante su mandato, salvo por las causales específicas del artículo 117 de la Constitución, invocaron irresponsablemente, la figura de la “incapacidad moral” permanente, para forzar una vacancia del cargo. Para ello, lo único que necesitan son votos, luego se construye el argumento. Por ejemplo, “mintió al país” o cualquier otro.
La acusación, por boca de congresistas, varios que se mueven entre la mentira y la demagogia, puede ser tan elástica como peligrosa. Así se hizo con Pedro Pablo Kuczynski y ahora se intenta hacer con Vizcarra. No ocurrió lo mismo con Alejandro Toledo, Alan García, Ollanta Humala, simple y llanamente, porque la oposición no contaba con los votos suficientes, allí donde las ganas sobraban. Lo peor es que estos nefastos antecedentes, pueden aparecer con el presidente electo en el 2021 y los posteriores.
La Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política (CANRP) en su informe de marzo del 2019, proponía la modificación del numeral 2 del artículo 117 de la Constitución, referida a que procede la vacancia presidencial por “Su permanente incapacidad física, debidamente comprobada, declarada por no menos de los dos tercios del número legal de miembros de cada Cámara”. Esto baja el supuesto de un congreso bicameral. Y aquí otro problema, una sola cámara, como la nuestra, se presta a situaciones arbitrarias como la comentada.
En Estados Unidos, la acusación constitucional (“impeachment”), tiene un procedimiento que requiere un tiempo más o menos prolongado y tiene, además, que ser aprobado tanto por la Cámara de Representantes (equivalente a diputados) como por la Cámara de Senadores. Así ocurrió hace poco, con Donald Trump, que se salvó, gracias a los votos negativos en esta última cámara. En nuestro caso, no solo la acusación es subjetiva, sino que se aprueba en una sola cámara existente y se puede proceder de la manera más rápida, como ocurrió con PPK.
Dicho esto ¿puede el Congreso vacar al presidente Martín Vizcarra? Lo hará si consigue las dos terceras partes de los votos del Congreso. A escasos diez meses del fin de su mandato, Martín Vizcarra, podría ser vacado por un Congreso que ha dado muestras claras de una irresponsabilidad extrema y que, gracias a que no existe reelección parlamentaria, los congresistas pueden terminar sus mandatos, dejando destrucción a su paso.
¿Quién sustituiría a Martín Vizcarra? Manuel Merino, presidente del Congreso y miembro de Acción Popular, al que le podrían estar brillando los ojos y quien podría promulgar -y no observar- leyes que están en el despacho presidencial. Lo que no pudo hacer en un lado, podría hacerlo en el otro. Hipotéticamente, entre la presentación de la moción de vacancia y la asunción del mando del gobierno provisional, podrían pasar semanas, con la enorme incertidumbre y el alto costo económico que esto generaría. Merino tendría que armar un gabinete que, en un plazo de 30 días, debe presentarse al Congreso para solicitar el voto de confianza. Mientras tanto, el Congreso debería llegar al 28 de setiembre con las reformas electorales aprobadas.
Pero ¿Quién gana con esta vacancia, más allá del probable interés de Manuel Merino? No necesariamente Acción Popular -partido de Merino-, pues no solo están divididos internamente, sino que, de cara a las elecciones del 2021, puede ser visto como responsable de una vacancia, que no necesariamente es popular. Se podría pensar en Alianza para el Progreso (APP), cuyo representante ocuparía la presidencia del Congreso. Podría ser también UPP y Podemos, que destacan por su radicalismo y populismo a viva voz. O quizá estén pensando algunos en el Congreso que, dada la crisis en diferentes frentes, lo necesario sería prolongar el mandato congresal y presidencial (sin Vizcarra) por un tiempo indeterminado. Esto, que puede sonar descabellado, en el Perú de estos tiempos, no es descartable.
Sin embargo, los congresistas, que representan a partidos políticos, no necesariamente están alineados con sus líderes. No tienen necesariamente la misma agenda e intereses. En otras palabras, los candidateables Keiko Fujimori, César Acuña, Alfredo Barnechea/Raúl Diez Canseco, a los que se les puede agregar Verónika Mendoza, George Forsyth, Fernando Cilloniz, Roque Benavides y hasta Hernando de Soto, no les conviene semejante escenario y, más bien, sí algo más previsible. Pero esto que podría ser racional, no necesariamente se impone. Es decir, podría sobrevenir la vacancia en medio de una pandemia asesina, una brutal crisis económica y elecciones ya convocadas. ¿Puede haber algo peor?