Es lamentable que las últimas decisiones del Congreso hayan atraído la atención pública de la peor manera, dejando de lado, incluso, los serios problemas que causa cada día la pandemia.
Hemos insistido, reiteradamente en esta columna, que la reforma política tiene entenderse de manera integral. Esto que se acepta y repite no tiene sentido si se discute modificaciones de normas por separado y desordenadas. La Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política (CANRP) elaboró un informe al que, lamentablemente, muchos hacen referencia pero pocos han leído. Partiendo de un diagnóstico, ubicó núcleos centrales de los problemas, elaboró propuestas, las sustentó y entregó una hoja de ruta para su implementación. Costó mucho que el Congreso anterior aprobara varios proyectos de ley, aun cuando fueron desnaturalizados por disposiciones transitorias. El Parlamento actual tenía la oportunidad en emendar las cosas, pero esto no ha ocurrido.
El tema de la inmunidad parlamentaria ha sido muestra de ello. Lo único que tenía que hacer el Congreso era discutir cómo mantener solo la protección del parlamentario en los casos de sus opiniones y votos. Nada más. La propuesta de la CANRP era que la Corte Suprema se encargara del levantamiento de la inmunidad para los casos de delitos, creándose, además, un fuero especial para su procesamiento. Esta modificación nacía del mal uso que se le dio en los diversos parlamentos, que no hicieron otra cosa que encubrir a sus miembros.
Sin embargo, el Congreso ha terminado aprobando en primera votación, una modificación de la Constitución donde se extiende la protección de los congresistas a lo que llaman desempeño de sus funciones. Es decir, casi sobre todo acto, incluso delictivo, pues el artículo es ampliamente interpretable. Peor aún, se retira la inmunidad al presidente de la República, cuando en todos los países del mundo los jefes de gobierno la gozan por ser la máxima autoridad de un país. El retiro que se extiende a los miembros del Tribunal Constitucional (TC) y al defensor del pueblo. También eliminan la figura del antejuicio del que gozan los ministros de Estado. En pocas palabras, contra lo que se exigió, tendríamos congresistas que están protegidos y otras autoridades desprotegidas.
¿Qué puede ocurrir ante este despropósito ampliamente rechazado? Se pueden configurar tres escenarios. El primero, que en segunda votación no se alcance los 87 votos, si algunas bancadas o congresistas cambian su posición. En ese caso, se mantiene la inmunidad parlamentaria en su artículo vigente de la Constitución, que es el que dio origen a todo este problema. El Congreso podría, sin embargo, elaborar una nueva y mejor propuesta. Un segundo escenario, es que en los próximos días el Congreso ratifique la primera votación, con lo que se modificaría la Constitución y ya no se convocaría a referéndum. Si eso ocurre, es probable, como se ha anunciado, que se interponga ante el TC una acción de inconstitucionalidad. En ese sentido, debería resolver los magistrados del máximo interprete de la Constitución, con lo que regresaríamos también al mismo punto de partida: quedarnos con la cuestionada inmunidad parlamentaria actual. Un tercer escenario es que el Congreso ratifique la primera votación pero, a diferencia del caso anterior, lo haga el último día de la presente legislatura, es decir, a mediados de diciembre. La diferencia con el escenario anterior es que en manos del Congreso se encuentra la elección de seis de los siete magistrados del Tribunal Constitucional, quienes tendrían que resolver después de diciembre y quizá cerca al fin del mandato del presente Congreso. Dicho escenario, en donde los candidatos están a la merced de congresistas que, por lo visto, miran sin cesar solo el corto plazo, podría ocasionar una seria distorsión en la selección de los magistrados del TC. Al final, podríamos quedarnos sin reforma, pero sí con la misma inmunidad de siempre. Se cierra así el circulo perverso (El Comercio, jueves 9 de julio del 2020).
*Presidió la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política