Difícil olvidar la escena en la que Vladimiro Montesinos entrega un fajo de miles de dólares a Alberto Kouri para que abandone su partido. Fue el hito simbólico con que nacía el transfuguismo en nuestro país.
Marcaba una nueva movilidad partidaria, pero desde su lado perverso. Y es que la naturaleza y dinámica interna de los partidos políticos ha cambiado sustancialmente. Los partidos políticos en el Perú, en mayor o menor medida, se articulaban alrededor de ideologías que creaban identidades partidarias. Las pugnas internas, muchas veces llevaban a la escisión del partido, la salida de un grupo o la expulsión de uno o más militantes.
Desde hace un par de décadas los nuevos partidos se articulan alrededor de sus fundadores y su dinámica es centralmente pragmática. Difícilmente hay escisiones, pero sí abandono de los partidos. Esta movilidad política se torna más frecuente entre los partidos políticos, por que las adhesiones son débiles, por lo que la cohesión interna y disciplina, también. En algunos casos se trata simplemente de adhesiones que terminan, tan pronto como finaliza la elección o se instala el Congreso. Eso es responsabilidad de cómo el partido recluta y selecciona a sus miembros y candidatos.
De esta manera, ante el alarmante número de parlamentarios que abandonan a los partidos para incorporarse a otros, el Congreso se ha propuesto sancionar estas prácticas, sobre la base de modificar su reglamento interno. El propósito es combatir el transfuguismo.
Pese a una cierta demanda de la opinión pública por sancionar estas prácticas que las asocia a la corrupción, señalar simplemente que tránsfuga es todo aquel que abandona un partidos político para abrazar a otro, esconde un conjunto de situaciones más complejas.
Cuando el transfuguismo está asociado a la corrupción, como el caso Kouri-Montesinos, la aplicación de una sanción es sencilla. Pero, cuando se sale de esta esfera, la tipificación de un acto de abandono de un partido se hace borroso, pues no todo el que se sale de una organización, lo hace con fines de conseguir una ventaja política. Existen en los partidos diferencias que pueden llevar a disidencias de algún miembro o un grupo de sus miembros. Sino es lo mismo transfuguismo y disidencia, esto último no puede ser castigado, porque es parte de la dinámica y movilidad política de los partidos.
Si además, como se ha sugerido, la sanción contra el tránsfuga puede ser la pérdida del escaño, por haber cometido una infracción constitucional, el tema requiere ser abordado con mucho cuidado. Además, en la medida en que el transfuguismo es un fenómeno que se desarrolla generalmente desde los partidos de oposición hacia el partido gobiernista, quien podría tener una mayoría propia o en alianza en el Congreso, podría ser flexible al no castigar al tránsfuga que se suma a sus filas y severo con el disidente que se sale de ellas.
Mientras más se ahonda en el caso, el fenómeno se torna más complejo. Qué pasa por ejemplo si un grupo de parlamentarios abandona las filas de su partido original, ¿podrían constituir una nueva bancada o serían considerados tránsfugas? Y si un congresista sale de un partido y se integra a otro pero de la misma bancada parlamentaria, ¿no es tránsfuga? Y qué pasa con algún partido, miembro de una alianza que no se disuelve, pero que decide salirse de ella, ¿es también tránsfuga? Y si realmente quien cambia es el líder del partido, al que se le opone un parlamentario o un grupo de parlamentarios que se salen del partido, ¿son considerados tránsfugas? Y qué pasa con los parlamentarios que son expulsados de sus partidos, ¿son tránsfugas atípicos? Si no lo son, qué pasa si votan sistemáticamente de manera diferente al partido y son expulsados, ¿son tránsfugas?
Todos están de acuerdo en combatir el transfuguismo, pero como se observa, los casos advierten situaciones difíciles de tipificar y menos de sancionar, de la misma manera. En todo caso, dependerá de qué se entiende por tránsfuga y eso es lo que hasta ahora, no queda claro (La República, 19 de abril del 2012).