Ante la discusión del diseño parlamentario –unicameral o bicameral– los críticos sostienen que la propuesta sujeta a discusión es insuficiente. La respuesta ha sido la menos adecuada, incorporar un paquete donde hay de todo: voto preferencial, voto facultativo, renovación parcial de miembros del Congreso y, sorprendentemente, diseño de los organismos electorales. ¿Qué reforma debe hacerse primero, cuál es urgente y qué necesario? La confusión es total y difícilmente se puede hacer un debate ordenado.
Pero lo más preocupante es que, en muchos casos, cuando se modifica la norma se crean problemas futuros. Es el caso de la eliminación del voto preferencial. Esta modificación es un paso adelante para trasladar al partido una mayor responsabilidad en la constitución de su cuerpo representativo. El proyecto de ley, sin embargo, añade nuevas funciones a los organismos electorales, cuyo diseño y funciones forman parte de un proyecto de reforma constitucional. De lo anterior, no queda más que concluir que o no hay reforma de organismos electorales o, si la hay, traerá inevitablemente como consecuencia la necesidad de cambiar nuevamente la norma recién aprobada. El proyecto de ley señala, además, que el JNE fiscalizaría y resolvería las apelaciones que se presenten en los procesos de elecciones internas en los partidos políticos. La asignación de esta función se torna preocupante.
Este organismo electoral, por un inadecuado diseño institucional de la Constitución de 1993, tiene funciones administrativas, fiscalizadoras –discutibles en el contenido que le ha dado la interpretación actual del JNE– y jurisdiccionales. Esto, que ya es controvertido, se está trasladando a elecciones internas de los partidos políticos. Como ejemplo de lo señalado cabe recordar que en el JNE se encuentra la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas (OROP), cuyas resoluciones, que tienen trascendencia fundamental en la existencia de los partidos políticos, no pueden ser revisadas en segunda instancia por otro órgano distinto, así se violen derechos fundamentales. La vía administrativa y jurisdiccional se confunde y superpone en un diseño que no ofrece garantías para los partidos políticos, por más buena voluntad de los miembros del JNE. No se trata de personas, sino de reglas.
El proyecto de ley incluye dentro del proceso de elecciones internas al JNE, convirtiéndolo en fiscal y juez de las mismas. Con el agravante de que sus resoluciones no serían vistas por el Tribunal Constitucional, así se viole derechos fundamentales. El camino debe ser otro y merece una mayor discusión. Por ejemplo, se debe obligar a los partidos políticos a que publiquen todo en su página web, que debe estar sometida a normas de transparencia. La sociedad civil y los medios de comunicación, que han sido más eficaces en su rol de supervisión, deben seguir jugando este papel, que es cada vez más extendido. Hay un abanico de medidas de las que se puede escoger. Por lo que voto preferencial no, pero tampoco entregar a los partidos a manos del Estado.
(El Comercio, 8 de junio del 2007)