Archivo del Autor: EMILIA BUSTAMANTE OYAGUE

Conferencia Litigación, abogado y jueces en el Perú colonial de los siglos XVI y XVII. 18 de abril del 2018.

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Conferencia Litigación, abogado y jueces en el Perú colonial de los siglos XVI y XVII.  Expositor: Dr. Renzo Honores. Evento organizado por la Escuela de Formación de Auxiliares y Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima, que dirige el Doctor José Antonio Neyra Flores. Video del 18 de abril del 2018.

 

Lecciones de Derecho. Control  Difuso y Control de Convencionalidad en las Instituciones de Derecho de Familia

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Lecciones de Derecho. Emilia Bustamante Oyague participó con el tema Control  Difuso y Control de Convencionalidad en las Instituciones de Derecho de Familia. Organizado por el Instituto de la Familia de la Facultad de Derecho de la UNIFË. Lima, 09 de diciembre de 2020.

 

 

Lecciones de Derecho UNIFÉ

 

 

 

 

Conversatorio en conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.  ZOOM.  25 de noviembre del 2020.

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Conversatorio Medidas y acciones contra el maltrato y abuso de las mujeres adultas mayores. Conmemorando el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Organizado por la Unidad de Posgrado en Derecho y Ciencias Políticas.  Emilia Bustamante Oyague participó con el tema Mecanismos para tutelar los derechos del adulto mayor. 25 de noviembre del 2020.

 

 

 

 

 

Seminario “Análisis del impacto de la oralidad y la virtualidad en los procesos civiles actuales”. Lima 29 de setiembre del 2020. Organizado por el OIM Observatorio Inmobiliario y Mercantil -PUCP.

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Emilia Bustamante participó con el tema “Argumentación Jurídica y Audiencias Virtuales en asuntos Civiles”. Lima, 29 de setiembre del 2020. 

 

Entrevista a Emilia Bustamante Oyague. La Ley.pe, Lima, 2014.

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Emilia Bustamante Oyague: “Ante la contundencia de una prueba científica el derecho tiene que declarar la verdad”. Comentarios acerca de la Consulta N°132- 2010- La Libertad, emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente sobre la sentencia que dispuso la revocación del reconocimiento de la paternidad de hijo extramatrimonial. Entrevista La Ley.pe, Lima, 2014.

 

https://laley.pe/art/1010/ante-la-contundencia-de-una-prueba-cientifica-el-derecho-tiene-que-declarar-la-verdad     

COMUNICADO DE LA PRIMERA SALA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA. SOBRE PROCESO DE AMPARO CONTRA AMPARO SOBRE DISTRIBUCION DE PILDORA DEL DIA SIGUIENTE. Lima 05.11.2020

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Las Juezas integrantes de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima han emitido el siguiente comunicado en referencia a la sentencia recaída en el expediente N° 30541-2014 que resolvió la acción de “amparo contra amparo” presentada por Violeta Cristina Gómez Hinostroza contra el Ministerio de Salud.

El Tribunal Constitucional resuelve en última instancia los procesos de amparo, y sus resoluciones no pueden ser revisadas ni modificadas por el Poder Judicial.

Lima 05.11.2020

 

https://www.facebook.com/csjlima/photos/a.131988843640999/1859994027507130/

AUDIENCIA VIRTUAL- PRIMERA SALA CIVIL – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (10.09.20).

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AUDIENCIA VIRTUAL – VISTA DE CAUSA DE LA DEMANDA INTERPUESTA POR VIOLETA CRISTINA GÓMEZ HINOSTROZA CONTRA EL MINISTERIO DE SALUD SOBRE RECURSO DE “AMPARO CONTRA AMPARO” CONTRA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Nro.2005-2009-PA/TC – PRIMERA SALA CIVIL MAGISTRADA INTEGRANTE DE COLEGIADO MG. EMILIA BUSTAMANTE OYAGUE – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (10.09.20).

 

 

Proceso de “amparo contra amparo” contra una sentencia del Tribunal Constitucional. EXPEDIENTE: 30541-2014-0-1801-JR-CI-01

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Sentencia de la Primera Sala Civil –Corte Superior de Justicia de Lima. Magistradas Sara Echevarria Gaviria, Emilia Bustamante Oyague y Rosario Encinas Llanos. 16 de Septiembre de 2020.

¿Puede un órgano judicial evaluar, analizar, merituar la sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional en el expediente Nro.2005-2009-PA/TC?

En el marco de un Estado Constitucional de Derecho, es obligación elemental respetar las competencias y atribuciones constitucionales conferidas por la Constitución Política, entre ellas, que el Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución y que le compete conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento.

Véase el texto de la referida sentencia:

30541-2014-0 amparo contra sentencia Tribunal Constitucional

“Art.12 de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad”. Lima, 08 de setiembre de 2020.

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Seminario Internacional Virtual Gratuito. “Art.12 de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad”. Expositoras: Mstra. Catalina Torres Cueva y Mg. Emilia Bustamante Oyague. Organizado por la Escuela de Auxiliares Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima. Lima, 08 de setiembre de 2020.