Reglamento Interno de Trabajo:
¿Quienes están obligados a contar con un Reglamento Interno de Trabajo?
Están obligados a contar con Reglamento Interno de Trabajo todo empleador que ocupe más de cien (100) trabajadores.
Artículo 3 del Decreto Supremo 039-91-TR
buenas tardes un gusto saludarla, mi pregunta es la siguiente si en mi empresa solo somos 50 trabajadores es necesario tener el reglamento interno de trabajo y presentarla ante el ministerio de trabajo. Muchas gracias por su atención.
Saludos
Estimado Alexander,
De acuerdo a lo expuesto en tu consulta, te indico que no es obligatorio el contar con el Reglamento interno de trabajo, dado que no cuentan con el numero mínimo de trabajadores establecido en la norma. Es decir, de 100 trabajadores.
Sin embargo, si es recomendable el contar con este reglamento, dado que a través del mismo puedes establecer las pautas, directrices y mecanismos de orden y disciplina en las relaciones laborales dentro de tu empresa.
Saludos
Por favor e brindarías la base legal de tu artículo.
Muchas gracias.
Hola Erick!, claro, esta es la norma que regula el Reglamento Interno de Trabajo: Decreto Supremo Nº 039-91-TR. Lo mencionado en el comentario está regulado en el articulo 3 de dicha norma.
Saludos.
Buen día, y en una empresa con 50 o menos colaboradores, como se adoptan las acciones correctivas si no existe Reglamentación?
Estimado Eduardo,
Un gusto saludarte. Es recomendable que toda empresa adopte un Reglamento Interno de Trabajo, debido a que es a través de este documento que puede establecer las disposiciones que deben cumplir sus trabajadores y asimismo, su orgqanización. Ahora, si no cuenta con un RIT, puede adoptar acciones correctivas usando la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo 003-97-TR, a través del cual existe tipos de sanciones para las faltas en las que pueda incurrir los trabajadores de acuerdo a la gravedad, inmediatez y proporcionalidad. Te recomiendo revisar el articulo 25 de dicha norma.
Saludos.
Buenas tardes Srta Carolina , según Decreto Supremo 039-91-TR el rit tiene un esquema de las principales disposiciones a seguir , la consulta es en una empresa con menos de 100 trabajadores también se tiene que seguir obligatoriamente el mismo esquema :admisión ,jornada, normas , descansos etc o se podría suprimir alguna de ellas , muchas gracias por su respuesta, saludos cordiales
Estimado Oscar,
Si la empresa, de forma facultativa, implementó un Reglamento Interno de Trabajo, este documento deberá contener los requisitos mínimos señalados en dicha norma. A fin de tener una adecuada regulación en las relaciones entre los trabajadores con la empresa.
mi empresa consta de 10 personas y esta en el rubro de servicios tecnológicos también debo registrar mi RIT o puedo usar otra forma de reglamento, que tan importante es declarar el documentos.
Es recomendable que cuentes con un RIT, debido a que es a través de este documento que puedes plasmar las obligaciones, deberes, sanciones, faltas de tus trabajadores y ponerlo en su conocimiento, lo cual acreditas con el cargo de recepción. Entonces, ante la ocurrencia de una falta, ellos ya tenian previo conocimiento, por lo que, puedes aplicar las sanciones correspondientes. Asimismo, este deberá ser aprobado por Ministerio de Trabajo.
Saludos,
Si la empresa implementa un RIT para 50 trabajadores, es neceario ue sea presentado al Ministerio del Trabajo.
No es obligatorio que cuente con RIT, pero si ha decidido implementarlo. Entonces, este deberá ser aprobado por el Ministerio y luego ser difundido entre sus trabajadores.
las Instituciones educativas del sector publico están obligado de presentar ante Ministerio de Trbajao de cuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo 039-91-TR Reglamento Interno de Trabajo, se debe presentar al Ministerio del Trabajo o la UGEL correspondiente de la localidad.
Las entidades públicas se rigen por sus propios dispositivos legales.
SI una empresa no está obligada a tener RIT, por tener menso de 100 trabajadores. Entonces por qué si decide implementar uno, debe comunicarlo al MINTRA?
Por favor, la base legal exacta de la obligatoriedad de presentarlo o es una sugerencia.
Mil gracias.
Si la empresa no tiene 100 trabajadores, no tiene la obligación de contar con un RIT. En el caso, que, voluntariamente, decida adoptar uno. Deberia presentarlo al Ministerio, el motivo subyace en que está generando un documento obligatorio de reglas en el trabajo, el cual deberá ser revisado y aprobado por el Ministerio de Trabajo a fin de velar que el mismo, cumpla con las disposiciones laborales vigentes. La norma laboral aplicable seria el articulo 4 del Decreto Supremo 039-91-TR dado que esta indica que la aprobación la realiza Ministerio de Trabajo.
Buenas tardes,
El reglamento de Trabajo se presenta de manera virtual o en copia física?
Gracias por la respuesta
Hola Mirtha,
El reglamento se presenta en físico ante el área de Registros Generales de Ministerio de Trabajo.
Saludos,
Buenas Tardes, en mi empresa contamos con 99 trabajadores, el próximo mes de añadirá uno mas, hay algún plazo para hacer y presentar el RIT?
Muy agradecido.
Hola Luis, la obligación legal de contar con RIT es aplicable a partir de los 100 trabajadores. En tal sentido, si tiene menos de 100, no es obligatorio. No obstante, si es recomendable dado que este documento regula la disciplina en la empresa. No hay plazo para su elaboración, sin embargo, para que se aplique en la empresa tiene que ser registrado ante MTPE y posterior a ello, entregar a los trabajadores en el plazo de 5 días hábiles. Saludos.