A cinco años de la tragedia por la explosión de un transporte de explosivos en Celemanía-Cohauila- México

Lecciones por aprender: La tragedia de Celemanía y la explosión de un camión con nitrato de amonio.-

Hoy se cumplen cinco años del trágico accidente ocurrido en Celemanía, Estado de Cohauila en México. El 9 de Setiembre del 2007, un camión que llevaba acoplado un semirremolque, propiedad de la empresa Fletes y Traspaleos, S. A. de C. V., cargó la cantidad de 25 toneladas de material explosivo, en las instalaciones de la empresa Explosivos Mexicanos ORICA S.A. Aproximadamente 15 minutos después de haber salido de esa planta, una camioneta marca Ford se impactó contra el camión, lo que provocó un incendio por combustión de diesel.

Este incendio atrajo un número indeterminado de policías, bomberos, paramédicos, así como curiosos que llegaron al accidente. Aparentemente, el camión de la empresa Explosivos Mexicanos Orica no llevaba ningún registro o panel que indicará que transportaba sustancias peligrosas.
Mas aún, el chofer de dicho transporte no informó que transportaba nitrato de amonio aparentemente almacenado bajo circunstancias no seguras y que podría por el calor del incendio causar una tragedia.

Minutos más tarde producto del calor causado por el incendio del camión y aparentemente por las condiciones peligrosas del almacenamiento de nitrato de amonio en dicho transporte ocurrió una explosión

La explosión de las 25 toneladas de material explosivo que transportaba el camión provocó el fallecimiento de 28 personas, más de 131 lesionados, daños materiales en diversos inmuebles del ejido Las Flores, municipio de Nadadores, y en 55 vehículos. La honda expansiva alcanzó aproximadamente 10 hectáreas.

La Responsabilidad del transportista de explosivos: La indemnización por los daños causados.-
Según información de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Cohauila, a mediados de octubre del 2007, mantenía una cifra aproximada a los 18.5 millones de pesos que han sido utilizados en las indemnizaciones de las víctimas del accidente carretero, todas ellas pagadas por la empresa Explosivos Mexicanos Orica a los deudos de las personas que fallecieron, así como que la empresa ha determinado una indemnización de 1 millón 300 mil pesos en tanto que los segundos la cantidad varía de acuerdo a la clasificación de la lesión.

La Responsabilidad del Estado: El deber de fiscalización y supervisión.-
A fines del año 2008, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México (expediente 2007/3860/5/Q) dictaminó que por omisión militar en control y vigilancia de materiales peligrosos se produjo la explosión en Celemania, y recomendó la investigación de los soldados responsables porque ya estaban enterados dos días antes de la tragedia que Fletes y Traspaleos transportaría 25 toneladas de explosivos.

¿El transporte de nitrato de amonio cumplió con la normativa sobre transporte de explosivos?

Se pudo establecer que las empresas responsables de la venta y transportación del material explosivo involucradas en el accidente contaban con los permisos generales expedidos por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para realizar tales actividades, conforme lo dispone la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
De la misma forma, se logró establecer que desde el 7 de septiembre de 2007 la Sedena tuvo conocimiento que el día 9 de ese mismo mes sería transportado un cargamento de 25 toneladas de material explosivo, en una unidad propiedad de la empresa Fletes y Traspaleos, S.A. de C. V., y que saldría de las instalaciones de la empresa Explosivos Mexicanos ORICA, S.A. de C. V., en Monclova Coahuila, con destino a Coquimaltán, Colima, aproximadamente a las 21:00 horas, tal y como se señaló en el itinerario de viaje que se especificó en la orden de embarque que fue entregada por la empresa ORICA a las Zonas Militares 20/a. y 6/a.; embarque que, según lo reconoció la propia Sedena, fue autorizado expresamente.

¿El Estado incumplió con su deber de fiscalización en el transporte de explosivos?

Sí. Según el Informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, funcionarios de la Secretaria de Defensa Nacional no acudieron a las instalaciones de la empresa expendedora, a fin de verificar que el explosivo que se transportaría fuera el autorizado, según el permiso general correspondiente; que se cargara la cantidad de producto que se autorizó en la orden de embarque; que el camión en que se transportaría el material fuera de los autorizados por la Sedena para transportar el explosivo, conforme el permiso general respectivo, y que ese vehículo coincidiera con el que fue autorizado, de acuerdo con el permiso y las placas expedidas para prestar el servicio de transporte federal, así como que el automotor se encontrara en las condiciones mecánicas necesarias para realizar el transporte del material explosivo.

Para mayor detalle de las conclusiones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México se puede revisar: http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Recomendaciones/2008/057.pdf

Conclusiones: El problema de la falta de información y la responsabilidad compartida.-
Como se observará del Informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se estableció que la Secretaria de Defensa Nacional incumplió su obligación de supervisar en el punto de salida del camión las condiciones de seguridad para el transporte de sustancias explosivas, aparente causa esencial para la explosión del nitrato de amonio, por la excesiva compresión de dicha sustancia producto del peso, así como del calor del accidente.

Sin embargo, existen otros temas que son de particular relevancia, como el hecho que la falta de información respecto a la carga de dicho camión accidentado que debió ser comunicada a los servicios de auxilio -como paramédicos, policías y/o bomberos- pudo haber prevenido la tragedia. En efecto, si se observa con cuidado el video aficionado de instantes previos a la tragedia (pueden verlo en: http://www.youtube.com/watch?v=pEZfTV_EX9w) se podrá comprobar con los equipos de auxilio no prestaron mayor atención a sofocar el incendio del transporte con explosivos, presumiblemente debido al desconocimiento de la naturaleza de la carga por falta de información de las agencias de gobierno encargadas de su supervisión, así como probablemente por la ausencia de letreros o avisos en el camión que indiquen la peligrosidad de dicha carga.

Es así que, una situación perfectamente prevenible, en tanto la explosión ocurrió veinte minutos después del accidente, originó una tragedia que costó al menos la muerte de 28 personas.

Lima, 9 de Setiembre del 2012