Dra. Mery Bahamonde Quinteros

Especialista en Tributación

Fecha

21 enero, 2022

La enajenación de inmuebles efectuadas por los FIRBI y FIBRA califica como renta de tercera categoría

[Visto: 232 veces] Informe Nº 000005-2022-SUNAT/7T0000 Ver informe: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i005-2022-7T0000.pdf

No requiere la bancarización de una operación que no genera renta de fuente peruana

[Visto: 155 veces] •Informe Nº 000004-2022-SUNAT/7T0000 Ver el informe: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i004-2022-7T0000.pdf

Las empresas clasificadoras de riesgo no se encuentran obligadas a suministrar información financiera a la SUNAT para que realice el intercambio automático de información

[Visto: 229 veces] •Informe Nº º 000002-2022-SUNAT/7T0000 Ver informe https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i002-2022-7T0000.pdf

No corresponde la emisión de un documento autorizado electrónico por la emisión de dinero electrónico a través de tarjeta de regalo, compra o similares

[Visto: 203 veces] SUNAT interpreta •Informe Nº 000001-2022-SUNAT/7T0000 Ver informe https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i001-2022-7T0000.pdf

Infracción por no anotar las constancias de detracción en el Registro de compras electrónico

[Visto: 176 veces] Jurisprudencia destacada RTF Nº00917-8-2020 “Se incurre en infracción prevista en el numeral 2 del artículo 175 del Código Tributario, sancionada con el 0.3% de los ingresos netos del ejercicio anterior cuando no se anotan las constancias de… Continua leyendo →

© 2024 Dra. Mery Bahamonde Quinteros — Mejorado por WordPress

Tema por Anders NorenArriba ↑

Sigue este blog

Obtén cada nuevo post en tu correo.