El artículo está inscrito en una vía crucis que le toca vivir a muchos trabajadores que luego de un proceso judicial, no siempre breve por cierto, logra que su demanda sea fundada. Entonces se abre la posibilidad que al frente se encuentre, como deudor de la acreencia laboral, el Estado, y puede morigerar la sonrisa porque el debido proceso para su ejecución generar ciertos resquemores.
Pasaremos a narrarle esta travesía que se ha construido desde su facultad normativa del propio Estado pero que ha tenido controles constitucionales que pusieron en su real dimensión las barreras que se trataron de construir y a su vez han facultado al Juez Laboral realizar el control legal para que las corrientes normativas no sean invasivas y siempre contengan bienes jurídicos de protección relevante y no se cometa abusos.
Ya sabemos, desde la esfera judicial, en el conflicto de la ley y el derecho es preferible estar más cerca del derecho que es la integralidad del ordenamiento jurídico.
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