• Al Poder Judicial desde su configuración por Montesquieu se le reconoció como poder similar al Legislativo y Ejecutivo y ha luchado a lo largo de la historia por tener  identidad propia para dialogar con sus pares. Si bien en el partidor nació como un poder, cuyos jueces hablaban a través de la Ley, ahora ese concepto resulta peyorativo visto el desarrollo y afirmación del Estado de Derecho, del constitucionalismo y la influencia del sistema de justicia internacional, sobre todo los vinculados a los derechos humanos.
  • En ese cambio histórico normativo podemos apreciar que los jueces tienen una amplia y diversa fuente del derecho (entre principios y reglas) que ha enriquecido el horizonte jurídico; así podemos dar una mirada al artículo 3 y la Cuarta Disposición de la Constitución Política del Estado:

Artículo 3.- La enumeración de los derechos establecidos en este capítulo no excluye los demás que la Constitución garantiza, ni otros de naturaleza análoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de gobierno.

Cuarta Disposición Final:  Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.

A pesar de esa riqueza normativa el Perú ha tenido lamentablemente, en el repaso histórico,  varios recovecos que ha llevado a su debilitamiento institucionalidad, muchas de las situaciones por obra y gracia de sus propios integrantes. Este análisis crítico pretende revitalizar al Poder Judicial para casos y situaciones difíciles que debe afrontar (en la terminología de Dworkin, una labor hercúlea)  denominada la defensa de los fueros;  si no eres activista en tus delegaciones concedidas, otras instituciones pueden ocupar ese espacio que abandonas.

Para leer el artículo completo puede hacer click en el enlace:  El Poder Judicial y su centralidad

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