LEYES 30335 Y 30336 OTORGAN FACULTADES LEGISLATIVAS EN MATERIAS VINCULADAS AL COMERCIO INTERNACIONAL
Mediante las Leyes 30335 y 30336, el Congreso de la República delegó en el Poder Ejecutivo las facultades para legislar en materia administrativa, económica y financiera; así como en materia de seguridad ciudadana, lucha contra la delincuencia y el crimen organizado; respectivamente.
Cabe señalar que las facultades delegadas permiten al Poder Ejecutivo establecer medidas de regulación que se aplicarán en los controles y las operaciones del comercio internacional, a través de Decretos Legislativos (normas con rango de ley).
En tal sentido y según lo dispuesto en la Ley 30335, se legislará en materia administrativa, económica y financiera, a fin de facilitar el comercio internacional, establecer medidas para garantizar la seguridad de las operaciones de comercio internacional y eliminar las regulaciones excesivas que lo limitan.
Por su parte, en la Ley 30336 se contemplan las facultades delegadas en materia de supervisión, gestión y control migratorio; el fortalecimiento del control de tránsito y del transporte; así como de los servicios aduaneros, puertos y aeropuertos.
Las Leyes publicadas hoy en el diario oficial “El Peruano”, establecen las facultades legislativas por el término de 90 días calendario. En tal sentido, los Decretos Legislativos deberán ser publicados a más tardar el 29 de setiembre de 2015.