Creer que la sola ley cambiará la realidad de los partidos es iluso. Sin voluntad política, difícil cambiar. Pero esa no siempre está presente. Aquí hay un punto de diferencia. Algunos consideran que la ley puede cambiar la realidad y es el lugar para regular todo. En consecuencia, debe la ley contemplar artículos que materialicen el propósito de un ‘partido ideal’. Así se fueron agregando en el tiempo temas como forma de organización interna del partido, plan de gobierno, hojas de vida, etc. Pero las cosas no cambiaron y, por el contrario, por cada regulación nacen procedimientos, así como instancias que vigilan que se cumplan y, si no lo hacen, sanciones que deben recorrer, a su vez, otros procedimientos.
Creemos que la reforma política debe tratar de modificar adecuadamente las reglas para que los partidos compitan por el acceso al poder. Debe procurar exigir poco, pero requisitos comprobables, y que tenga efectos prácticos.
Esta semana se ha avanzado en la discusión del proyecto de ley sobre la inscripción y cancelación de partidos políticos en la Comisión de Constitución, presentado por el Ejecutivo sobre la base de lo alcanzado por la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política (CANRP). Se ha aprobado que la inscripción de un partido político sea con militantes o afiliados, y ya no acompañada de adherentes con firmas. Un requisito más realista y un avance considerable que esperamos que se mantenga.
Sin embargo, se ha conservado la obligatoriedad de presentar comités partidarios. La idea central era que los partidos se organicen como crean conveniente. Cada uno es una realidad distinta, por lo que deben tener estructuras y organización que se adecúen a sus necesidades. La propuesta de la CANRP era que la ley no señale ningún tipo de organización. Tan solo que esté indicada en sus estatutos. Lo aprobado es que un partido deba, por ley, tener un número de comités regionales y provinciales permanentes. Esto último deberá ser fiscalizado por el JNE. Aparentemente suena bien, ¿pero qué es un comité con vida permanente? ¿Un número de reuniones en un local, si lo tiene? ¿Actividades de qué características para que sea bien evaluado? Lo único que se logrará es sumar más procedimientos, más papel y burocracia. ¿Sería bueno que el partido tenga actividad permanente? Sí, pero es iluso pensar que lo hará por ley. Será innecesariamente oneroso.
Pero ha hecho bien la Comisión de Constitución del Congreso en aprobar los requisitos para cancelar la inscripción de los partidos políticos y movimientos regionales: no superar el 5% de los votos en el Parlamento y conseguir cinco escaños, equivalente a la conformación de un grupo parlamentario. De la misma manera, se cancelaría un partido si no se presenta a competir en elecciones, así como si se retira en plena campaña electoral. Y también, estas organizaciones están obligadas a participar en elecciones regionales y municipales con candidaturas en proporciones altas. Lo que no se contempló en la propuesta es que un partido que forme parte de una alianza y no consiga un escaño mantenga su inscripción, como el caso de cinco partidos políticos en el 2016 o el de Unión por el Perú (UPP), que sin conseguir un escaño ha sobrevivido por ser parte de alianzas electorales. Falta agregar el porcentaje mínimo de participación en las internas abiertas, que se verá más adelante. Aún falta, pero el balance hasta ahora es positivo. No hay que perder esta oportunidad (El Comercio, lunes 24 de junio del 2019).
*El autor ha sido presidente de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política.