La solicitud de la ex Fiscal de la Nación para declarar ilegal a Fuerza Popular por conducta antidemocrática reabre un debate sensible. A inicios de año, la medida se aplicó contra el partido de Antauro Humala. En general, la ilegalización de un partido, la inhabilitación de un político o su exclusión de un proceso electoral son decisiones extremas, siempre polémicas y con efectos duraderos.
Una de las características esenciales de la democracia es la pluralidad, aquello que la diferencia de los sistemas autoritarios o totalitarios, por lo que la proscripción de partidos ha sido usada en casos extremos: tras la Segunda Guerra Mundial contra organizaciones fascistas o neonazis, y más tarde, contra agrupaciones terroristas.
En el Perú, la Constitución de 1933 proscribió al APRA y al Partido Comunista durante tres décadas, al considerarlos parte de organizaciones internacionales. Esta cláusula fue retirada en las constituciones de 1979 y 1993. Sin embargo, la Ley de Organizaciones Políticas de 2003 incorporó disposiciones destinadas a proteger el sistema democrático de grupos terroristas. Así nació el artículo 14, denominado “Declaración de ilegalidad por conducta antidemocrática”.
Sin embargo, más de dos décadas después, aplicar dicho artículo en un contexto de polarización, discursos de odio -desde Antauro Humala hasta el alcalde de Lima- y precariedad institucional resulta sumamente riesgoso. La judicialización de la política, pero también la politización de la misma, sumadas a instituciones debilitadas, deslegitimadas y cada vez menos autónomas, convierten esta herramienta en un arma peligrosa.
Desde el 2016 observamos una tendencia a excluir actores políticos mediante cancelaciones, inhabilitaciones o ilegalizaciones. Entonces fueron apartados César Acuña y Julio Guzmán de la contienda presidencial y pudieron ser muchos más. Los que callaron o apoyaron esas decisiones, hoy enfrentan el mismo riesgo.
El concepto de “conducta antidemocrática” tiene una alta carga subjetiva, que abre el camino a la arbitraria desproporción entre la falta y la sanción, y puede vulnerar un derecho fundamental: la participación política. En nuestro país, este derecho se invoca selectivamente, cuando beneficia a un partido, y se olvida cuando se trata del adversario.
Es necesario sancionar a quienes promueven la violencia, vulneran la ley, rompen la neutralidad electoral o abusan del poder que ostentan. Pero ilegalizar partidos e inhabilitar políticos, no fortalece la democracia: la debilita. Por ello, el pedido de proscripción de Fuerza Popular no debe prosperar. Al mismo tiempo, sus dirigentes tienen la responsabilidad de no seguir usando el poder acumulado durante una década de manera abusiva (Perú21, lunes 22 de setiembre del 2025).


