La pregunta es si la presentación de firmas de adherentes para lograr la inscripción de un partido es un requisito que realmente permite demostrar la existencia organizada de quien la solicita. La abundante evidencia permite afirmar que no. Es más, a diferencia de la década del 80, el desplome del sistema partidista trajo consigo partidos personalistas de débil organización y baja cohesión, pero que llegaron a presentar, en conjunto, más firmas que los anteriores, pese a que el requisito había aumentado considerablemente. Incluso, como dato ya anecdótico, para las elecciones del 2000, el número total de firmas presentadas superaba al número de electores del padrón.
Pero aquí viene el tema: si bien muchas firmas que se presentan son válidas, no necesariamente son verdaderas, puesto que para que una sea considerada como tal, se requiere un examen grafológico, realizado por peritos criminalísticos. Es así que la ONPE valida una firma cuando la que es presentada se parece a la que tiene el Reniec en sus respectivos registros. No valora, pues, su veracidad.
Este requisito ha resultado inútil para demostrar que un partido existe, de la misma manera en que es oneroso para el Estado, puesto que se gasta en personal, logística, administración, seguridad, equipos, programas, etc. Hoy es fácil advertir la presencia de cascarones partidarios, por lo que los partidos deben ir en la búsqueda de militantes y no de firmas. Lo primero afirma la organización, lo segundo la ignora. Si el requisito de las firmas no ha demostrado que un partido existe y ha sido un procedimiento generalmente viciado, lo que vale la pena observar con detenimiento es la propia organización.
La ley actualmente exige también que los partidos que pretenden acceder a la inscripción acrediten 65 comités provinciales distribuidos en 17 departamentos del país, con al menos 50 miembros. Más o menos 3.250 militantes, cifra pequeña para un partido que pretende representar a nivel nacional. Peor aun, exige un tipo de organización, a nivel provincial, cuando un partido puede estar organizado territorialmente de otra manera. Sería suficiente que un partido demuestre que tiene un número mínimo de militantes o afiliados, pero claramente superior al actual exigido.
Darle valor real y efectivo al militante es fundamental para fortalecer organizaciones. Esto quiere decir que solo ellos, y no otras personas, sean los únicos con derechos y deberes y, por lo tanto, los que pueden elegir a sus dirigentes, como a los candidatos para las elecciones en que el partido esté obligado a participar. Si este es un requisito de ingreso, debe ser también un requisito de permanencia. No puede haber un partido con menos del límite mínimo de militantes. Hoy esto no sucede, por lo que muchos partidos políticos se inscriben y no están en capacidad de colocar siquiera candidatos a elecciones nacionales y menos a las subnacionales.
Pero la acreditación de la inscripción los convierte en portadores de un bien preciado que se termina ofreciendo al mejor postor, que está en la búsqueda de un partido inscrito para candidatear.En otras palabras, los requisitos de inscripción deben ser, por un lado, exigentes pero, a su vez, realistas. Si hoy se privilegia la firma, el papel y el sello que supuestamente acreditan organizaciones, muchas de las cuales terminan siendo meros cascarones, estos requisitos necesitan ser cambiados. Hay que abrir, por lo tanto, la puerta de ingreso, pero con el correspondiente cuidado para que realmente se separe el grano de la paja.
*El autor es ex presidente de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política (El Comercio, jueves 7 de marzo del 2019).