Uno de los temas que ha suscitado el interés de los medios y del propio juez Richard Concepción Carhuancho, en relación con la prisión preventiva de Ollanta Humala y Nadine Heredia, ha sido el financiamiento de las campañas nacionalistas del 2006 y el 2011, a partir de aportes de origen venezolano y brasileño.
Este tema ha desnudado los problemas de la Ley de Organizaciones Políticas en al menos tres aspectos. En nuestro país, un partido o agencia de gobierno extranjero están impedidos de aportar a un partido, pero la ley no dice que un Gobierno no lo pueda hacer. Tampoco señala que una empresa extranjera tiene prohibido aportar a una campaña electoral. En otras palabras, el Gobierno Brasileño y la empresa Odebrecht pueden haber aportado y eso no sería, según la ley vigente, algo prohibido.
Si se demuestra que un Gobierno extranjero y una empresa sí aportaron en la campaña, el partido habría violado la norma en tanto los aportes superen las 60 UIT al año. Pero de ser ese el caso, la falta debería sancionarse con una multa económica, nada más. La misma sanción se daría si el dinero ingresó a las arcas nacionalistas y no se declaró posteriormente. Finalmente, en la ley las sanciones que son únicamente económicas y administrativas van dirigidas al partido político, no al candidato y, menos aun, a sus dirigentes.
En consecuencia, tenemos una norma que ya no sirve para enfrentar casos como el descrito. Solo en los tres temas que hemos anotado se debe ajustar, prohibiendo de manera explícita la contribución de un Gobierno extranjero. Debe existir una corresponsabilidad partido-candidato, y las sanciones deben ser también políticas, por ejemplo, en casos graves, la pérdida de la inscripción.
A ello hay que agregar la exigencia de bancarización de los aportes, como mínimo desde media UIT. De la misma manera, colocar topes a los aportes de las actividades proselitistas en donde no se conoce al aportante.
Sin embargo, mientras las campañas se encarezcan y los partidos no tengan dinero para afrontarlas, estarán expuestos a la dependencia del dinero de las empresas o de aportes mal habidos. Por lo tanto, estarán tentados a violar la ley.
Si no hay financiamiento público, la única manera de que los candidatos se provean de recursos es a través de aportaciones privadas en dinero y especies. Si a ello se le agrega que, con el voto preferencial los candidatos manejan –sin control de sus partidos– su propia caja, se abre un amplio espacio para la influyente participación de quienes tienen el dinero, que puede ser de origen lícito o ilícito.
Por lo tanto, se debe proporcionar a los partidos financiamiento público exclusivo para campañas, no solo para su funcionamiento ordinario, como ocurre ahora. Asimismo, se debe duplicar el tiempo de la franja electoral para uso exclusivo de los partidos nacionales, pero prohibiendo la contratación de espacios fuera de ella, tal como ocurre en Chile, México y Brasil. Del mismo modo, se debe prohibir aportaciones de empresas extranjeras que tengan contratos con el Estado. Todo esto acompañado por la eliminación del voto preferencial.
Este es un núcleo de reformas acotadas pero urgentes, para lo que se requiere mucha voluntad política. Si no se hace ahora, las lamentaciones no servirán ni así estén en un muro (El Comercio, jueves 20 de julio del 2017).