Prado llama a una Asamblea Constituyente, que una vez instalada, el 15 de febrero de 1867, lo erige Jefe Supremo de la nación. Había llegado al poder por vía de un levantamiento militar y se legitimó mediante un plebiscito del 28 de noviembre de 1865. Este Congreso suspendió la Constitución de 1860 y puso en vigor el Estatuto Provisorio de 1855, mientras se elaboraba la nueva Constitución. Esta fue una copia de la de 1856, pero más liberal y radical, intentando acentuar la presencia del Parlamento.
Entre los principales elementos políticos se encontraban los siguientes: el sufragio popular es directo; gozan de este derecho todos los peruanos en ejercicio; el gobierno peruano es republicano, democrático, representativo, fundado en la unidad, ejerciendo sus funciones los poderes ejecutivo, judicial y legislativo. Este se constituye, a diferencia de la mayoría, en una sola cámara; los representantes serían elegidos de acuerdo a ley, mínimo uno por provincia y cada veinticinco mil habitantes. Para ser elegido se requería haber sido nacido en el Perú y ser ciudadano en ejercicio (21 años). El Congreso se renovaría cada dos años por mitades y los representantes, como en todas las Constituciones, podrían ser reelectos; para ser elegido presidente de la república, se requeriría ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener 35 años y ser elegido por el pueblo por la forma que señale la ley, siendo el Congreso quien califique las actas electorales y quien elija al presidente de la república entre los dos candidatos más votados, en caso que nadie obtenga la mayoría absoluta de los votos. Su cargo duraría cinco años. Se suprimía las vicepresidencias y el encargado del gobierno en caso de vacancia el presidente del consejo de ministro. La nueva Carta dispuso también que, luego del período presidencial, en la primera legislatura ordinaria, fueran examinados los actos del presidente saliente; el presidente no intervenía, como caso único en las constituciones peruanas, para nada en el nombramiento del poder judicial; finalmente, para la reforma de la Constitución se requiere de la aprobación de tres legislaturas ordinarias.
La oposición conservadora no se hizo esperar, es así que una revuelta militar dirigida por el general Pedro Diez Canseco, en Arequipa, luego que esta ciudad se negara a jurar la Constitución, haciendo lo mismo el coronel José Balta en el norte. Prado dimite el 5 de enero de 1868, y Diez Canseco puso nuevamente en vigencia la Constitución de 1860. Es decir, la Constitución de 1867 estuvo vigente sólo cerca de 5 meses, entre el 19 de agosto de 1867 y el 6 de enero de 1868. El Perú, irónicamente, volvía a la normalidad.
(El Peruano, 20 de Setiembre de 1997)
gracias a este articulo pude hacer ni tarea!!! gracias!!!
jjj gracias pz x fin pde aser mi tarea jj xD