El Congreso Constituyente se instaló el 4 de Junio de 1827, presidido por Javier de Luna Pizarro. Los liberales regresaban al poder y tenían mayoría en el congreso, intentando no cometer los errores de 1823. Buscaron por ello no enfrentarse a los militares sino buscar un camino adecuado a sus intereses. Es así que con apoyo de los liberales, se elige como Presidente del Perú al Mariscal José de la Mar con 58 votos contra 27 de Santa Cruz. Resultó elegido Vice-Presidente de la República don Manuel Salazar y Baquíjano. Se pensaba que con La Mar se alejaban los peligros del caudillismo, el presidencialismo y el personalismo.
El principal problema que se discutió fue el régimen federal, rechazado en 1822, ante propuesta del liberal Faustino Sanchez Carrión. Los liberales volvieron con su propuesta, deslumbrados por el éxito del federalismo norteamericano, sosteniendo que éste permite que el pueblo mantenga su soberanía. Pero, sin tradiciones parecidas, con territorio dilatado, incomunicado y heterogéneo y sin fuertes regiones o ciudades que hicieran contrapeso a Lima, el federalismo no tenía futuro. Se crearon, sin embargo, las juntas departamentales, presididas por el prefecto, eran asambleas deliberativas, siendo auxiliares al Parlamento Nacional, teniendo como objetivo principal la provincia.
La Constitución de 1828, de claro tinte liberal y de influencia norteamericana, fue sancionada por el Congreso Constituyente el 18 de marzo de 1828 y promulgada el 10 de abril del mismo año. Entre sus aspectos políticos más destacados se encontraba: otorgar la ciudadanía a los hombres libres, aunque fuesen analfabetos, nacidos en territorio peruano, mayores de 21 años o casados y los extranjeros que hayan servido en el ejercito o la armada o vecinos desde 1820; se suprimía el poder electoral de la Constitución Vitalicia; por primera vez se establecen las cámaras de diputados y senadores, que se mantuvieron hasta la Constitución de 1979. Los diputados representaban a las provincias y los senadores a los departamentos; entre las atribuciones de los diputados se encontraba por primera vez, el deber de acusar ante el senado al presidente y vicepresidente, miembros de ambas cámaras y ministros por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones; la cámara de senadores se renueva por terceras partes cada dos años; la elección presidencial se realizará por votación indirecta, por mayoría absoluta de los colegios electorales de provincia, y no por el Parlamento, como la de 1823. El mandato duraba 4 años y podía ser reelegido pero por una sola vez; no admitía la interpelación ministerial ni el voto de censura.
La Constitución de 1828 inspiró a las posteriores hasta la de 1920, fijando las líneas centrales del ordenamiento jurídico peruano. Sin embargo, en el tiempo en que estuvo vigente (rigió entre el 18 de marzo de 1828 al 10 de junio de 1834: 6 años, 2 meses y 23 días) ningún presidente fue elegido bajo el amparo de esta constitución.
(El Peruano, 31 de Julio de 1997)