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PROGRAMA MÍNIMO POR EL BUEN GOBIERNO

Nota: en este blog podemos publicar textos que no son propios pero siendo de interés y no conocido por nuestros lectores me permito compartir.

Introducción

Las siguientes ideas han sido preparadas con mucho compromiso, honestidad y algo de audacia, reuniendo las experiencias de los proponentes. Sus resultados serán juzgados por los lectores. Nos ha costado trabajo tomar esta decisión, pero estamos seguros que la peor decisión que puede adoptar un ciudadano en las actuales circunstancias, es no contribuir al debate nacional urgente. No tenemos por qué decirlo, pero debe entenderse que se trata de un borrador que puede ser mejorado sustancialmente. Hay tres reacciones que se pueden adoptar con relación a las seis propuestas, a su publicación o a la oportunidad de su publicación. Estas reacciones podrían ser, (1) decir que es un adefesio, por tal o cual razón puesta por escrito y que mejor ignorarla; (2) reconocer que fue un intento válido, pero con un resultado fallido por tal o cual razón; y finalmente, (3) que es un intento muy laudable pero que debería introducir, tales o cuales correcciones, agregados y supresiones, Estos deberán tener una respuesta de los proponentes cuando se vislumbre una masa crítica de críticos pronunciándose en ese sentido. Los objetores al poner sus argumentos por el mayor número de medios, permitirán iniciar el debate aún antes que los proponentes consideren que es el momento de integrar los documentos. Como el debate es de ideas, no tiene ningún sentido y demostraría una chatura intelectual y espiritual descomunal, si algún o algunos críticos incluye referencias sobre los proponentes. Cada lector formará su propio punto de vista considerando estos ataques si es que hubiese. Los proponentes no responderán a tan bajo nivel, y continuarán el debate ignorando estos ataques.

Los proponentes autorizan que las ideas propuestas, sean públicas y compartidas. Estas pueden serán discutidas y podrán ser objeto de aprobación, de plantear mejoras o ajustes, o de frontal desaprobación. Algunos detalles se presentan más adelante. Todas las opiniones son bienvenidas. Si proponen desarrollar algún nuevo punto se les previene que no termine elaborándose una lista de lavanderías que la convertiría a los ojos de la ciudadanía, como un discurso demagógico, porque será clara su inejecutabilidad plena y será considerada como demagógica. El criterio es que, al anunciarse en el discurso inicial del presidente, la totalidad de las propuestas con el texto con que quedaron al final, el presidente exija al Congreso que las atienda en un plazo no mayor de 90 días de su discurso. Dentro de ese período máximo, el nuevo Gobierno presentará las propuestas en nel formato de proyectos de ley o cualquier tipo de norma que sea aplicable e implementará las que están bajo su control, Los electores y la prensa podrán vigilar a su vez, el comportamiento del Congreso. Si antes que se concluya el plazo que tiene el nuevo gobierno para presentar las normas correspondientes. Si el Congreso censura a uno o más ministros en ese período el nuevo Gobierno, responderá agregando 30 días adicionales a su obligación, por cada ministro censurado.

Con la debida anterioridad, los responsables pueden solicitar al ejecutivo por una sola, vez, un aplazamiento. La decisión se comunicará a la ciudadanía por un decreto supremo. Un compromiso, cualquiera que sea, solo puede ser justificado una sola vez en un año y deberá ser subsanado, previa publicación de un decreto supremo, en un plazo no mayor de 90 días. Los titulares podrán hacer este tipo de solitudes una vez en un año (365 días) y los sectores, hasta dos veces. Si se incumple con el nuevo plazo y el ejecutivo emitirá un nuevo decreto supremo, en que pedirá disculpas, anunciará la destitución e inhabilitación en lo que resta del gobierno del referido titular, y establecerá como plazo de corrección no más 90 días adicionales.

La invitación a una lectura crítica puede dar alguno de los siguientes resultados: (1) aceptación total; (2) rechazo total que debería ser justificado por escrito, de modo breve y fundamentado  de modo que permita a los proponentes, iniciar un proceso ordenado de discusión pública; (3) rechazo parcial de alguna de las partes que igualmente, debe ser sustentado; (4) rechazo con propuesta alternativa justificando los cambios; (5) aceptación total o parcial con o sin propuesta de puntos adicionales, no considerados, y (6) cualquier tipo de respuesta que no entre en la clasificación anterior. Los comentarios críticos bien sustentados, darán lugar a respuesta discutidas entre los proponentes. Si no hay sustento, si en los textos añadidos no hay propuestas claras o está llena de insultos, no será respondido por os proponentes los que dejarán en manos de los participantes juzgar su comportamiento, manifestándolo o ignorándolo.

Si se leyó con atención y buena fe el documento y se considera de interés general, se invita a difundir el material masivamente, por los medios a los que se tenga acceso. Decimos material para referirnos al documento propiamente dicho que puede incluir comentarios y propuestas de cambio que puedan ser fácilmente identificables por cualquier lector, y que sea acompañado con todos o un número significativo de los otros documentos en circulación. Recomendamos hacerlo en formato PDF. Toda persona sensata, está angustiada por la situación del país y quisiera encontrar la fórmula mágica que no existe, para remediarla. En el futuro de lo único que deberíamos arrepentirnos, es de no haberlo intentado. No vaya a ser que esta sea la última oportunidad para todos los que vivimos en este planeta, los que vienen en camino y los que podrían estar en los planes futuros.

En política reconocemos adversarios no enemigos porque somos demócratas. Quienes reconocen enemigos, n son políticos ni demócratas.

Las propuestas presentadas pueden parecer demasiado audaces, sin evidencias que los respalden, y, por tanto, de resultados inciertos. Opinemos como Einstein, señalando que si repetimos lo que hemos venido haciendo tuvo como resultado frecuente un resultado negativo, no hay razones para continuar repitiéndose. También se puede argüir que la precisión sobre plazos y sanciones sería excesiva pero su inclusión ayuda a establecer en qué se está pensando. Si por el contrario se comienza a probar algún camino nuevo y tampoco resuelve el problema, al momento de la evaluación y comprobación de los fallos, se deberá desechar el procedimiento y reemplazarlo por otro alternativo. Los que hicimos la propuesta seremos recordados como ilusos bienintencionados. Si, por el contrario, la propuesta funciona bien, seremos recordados en los libros de todo el mundo, por nuestras innovaciones.

Buen Gobierno

Reglas de Juego

Problemas principales: la legitimidad, el equilibrio de poderes y la corrupción. La forma en que se elige a los representantes debe ser incuestionable y no debe admitirse, de ningún modo, es decir debe ser perseguido, su cuestionamiento malicioso. Las reglas de elección para el gobierno nacionales, los regionales o locales, deben ser revisadas. Los poderes e instituciones de gobierno, deben ser independientes y mantenerse en el mejor equilibrio conocido. Somos partidarios de la existencia del mayor número deseable de organismos que sean autónomos, de la bicameralidad, y del derecho de un congresista de renunciar en cualquier momento y ser sustituido de inmediato por su accesitario.

El grupo proponente propondrá la conformación de una amplia plataforma abierta que sea lo más amplia y representativa posible, siguiendo el criterio y apertura que se empleó para la conformación del denominado acuerdo nacional. Las instituciones nacionales pueden inscribirse y acreditar un representante y un suplente. Solo los representantes acreditados una vez admitidos en la sesión, tendrán derecho a voz. Las entidades o personas registradas deberán abonar cada treinta días, dos soles. El responsable que haya sido elegido abrirá y conducirá la sesión la que retomará el debate en el punto en que se haya quedado.

La plataforma será responsable de cerrar las cuentas cada mes publicando su informe de inmediato en la Web que será creada como órgano informativo oficial. Cualquier ciudadano podrá hacer cuestionamientos por escrito y fundamentados, que también serán publicados en la Web. La plataforma publicará su respuesta igualmente. No se discutirá en las sesiones. Las cuentas señalarán la fecha de los aportes obligatorios o voluntarios, en dinero, especies o servicios, los gastos efectuados y guardará los comprobantes correspondientes. Si concluido el trabajo de la plataforma quedará algún saldo, este será entregado a la ONPE. Los proponentes tienen muy pocos recursos propios y no aspiran a atesorar nuevos recursos por este camino. Las actividades tendrán la dimensión que los aportes permitan.

Las entidades que soliciten ser registradas una vez que la plataforma esdt3 en funcionamiento, no tendrán derecho de voz sino hasta la segunda sesión después de su registro. Estas entidades deberán tener al menos, seis meses de creadas y estar en funcionamiento, con directores conocidos, padrón físico, domicilio legal y una o más memorias o documentos publicados en ese período, copias que deberán ser entregadas a la plataforma. En caso de fraude comprobado, el registro será borrado de inmediato, y se hará la máxima publicidad sobre el comportamiento de sus dirigentes los que no serán readmitidos, ni alguna otra organización que entre sus miembros incluya a un inhabilitado.

Los proponentes con la debida anticipación, al menos de seis meses, darán tiempo a la acreditación de los interesados. El representante autorizado por los proponentes, informará periódicamente del avance en el número de entidades que se acrediten. Si cumplido el plazo, no se ha reunido al menos 50 representantes incluyendo los cinco independientes presentados por los proponentes, la convocatoria quedará sin efecto no así la discusión que discurrirá por los medios disponibles. La lista que represente a los proponentes, tendrá el compromiso de mantener en funcionamiento y consulta esta plataforma una vez asumido el poder. En la primera sesión que tengan en ese caso, podrán revisar y ajustar el reglamento de funcionamiento o acordar, disolver la plataforma.

La plataforma no requiere de quorum. Aunque asistiera una sola persona, tendrá total valor. Si al menos tres sesiones registran menos de seis representantes, la plataforma será disuelta. Las reuniones serán programadas desde el primer día por lo que no se publicará convocatorias. El calendario estará así, ya acordado y es inmutable. Las sesiones pueden ser transmitidas por cualquier medio que lo desee, en tiempo real, con posterioridad o repetido tantas veces como se crea conveniente, sin solicitar autorización.

En caso de grave perturbación de la sesión por la acción de provocadores. El responsable suspenderá la sesión, quedando esta convocada para el día siguiente a la misma hora. Esto se repetirá hasta cinco veces. De persistir el sabotaje se disolverá automáticamente la plataforma. Las sesiones serán registradas en video por la plataforma, se identificará a los provocadores, se publicará la información y se denunciará los hechos ante el Ministerio Público y los organismos electorales.

Las actas de las sesiones que consignan los incidentes y acuerdos, serán publicadas en la Web en no más de siete días lo mismo que cualquier documento que haya sido presentado por un representante acreditado, incluyendo un comentario de los proponentes. Su publicación se efectuará en un plazo no mayor de seis meses, con el propósito de alentar la deliberación sobre su contenido y los acuerdos adoptados. Los acuerdos de la última sesión de la plataforma, tendrán efectos vinculantes. En caso de ser elegida una lista que lleve la totalidad de las propuestas o lo sustancial de ellas, serán respetados por el Ejecutivo cualquiera sea la decisión que adopte si fuera el caso, el Congreso o el Tribunal Constitucional. Deberá entenderse que toda propuesta presentada por ese ejecutivo a través de textos de normas, tendrán el sentido de una solicitud de modificación de la Constitución vigente.

La selección y continuidad de todo funcionario público será por concurso. Para la continuidad de un funcionario, cada dos años será evaluado y calificado, aplicándose el criterio de meritocracia. Todo puesto tendrá algunos requisitos en educación y experiencia profesional. En caso de incumplirse, se reubicará a la persona en observación por el plazo no mayor de un año. Tres evaluaciones negativas darán lugar a la inmediata destitución. Si al momento de seleccionar a un postulante, el encargado ignorara alguno de los requerimientos publicados en la convocatoria, el concurso se anula volviéndose a convocar en los mismos términos, y el funcionario responsable será destituido. La tabla de sanciones será pública y conocida siendo las sanciones más elevadas, la salida inmediata del funcionario (destitución) o la “falta grave”.

Cuando se acumulen tres faltas graves, estas serán causal de destitución. Los destituidos son inhabilitados de contratar con el Estado por diez años. Este criterio aplica claramente para los casos de corrupción detectados, independientemente de las demandas judiciales que susciten. Un funcionario que dejó la función pública sin sanción y que, con posterioridad a su salida, se comprueba la comisión de graves faltas y se presentan graves cargos contra su persona, será igualmente inhabilitado por hasta diez años, independientemente de la sanción que pueda haberle ordenado o le ordene el organismo judicial que vea su caso por la demanda que presentará el Estado.

En el caso de que los funcionarios sean procuradores, auditores, de Contraloría, oficiales de cumplimiento o categorías similares, y que acumulen en un año más de tres resultados negativos o hasta diez en el ejercicio de su función en todo el tiempo en que preste servicios, serán destituidos. Los procuradores o representantes de la Contraloría solo podrán apelar una vez. De ser denegada la apelación, no podrán volver a apelar, presentar una nueva demanda que verse sobre el mismo tema, en la instancia judicial que tomó la decisión o en cualquier otra. Desacatar esta orden dará lugar a su destitución inmediata.

El presidente solo podrá plantear un indulto para un condenado en su último año de reclusión. La voluntad del presidente será hecha pública con al menos tres meses de anticipación en que se podrá discutir la propuesta. Al cabo de los tres meses, el presidente tomará su decisión. El indulto humanitario tiene otro tratamiento, pero también se discutirá si efectivamente es humanitario. Los indultos no procederán por corrupción, homicidio calificado, sicariato, secuestro, abuso sexual y narcotráfico.

Cuando los congresistas tengan la intención de aprobar una medida que claramente está pensada a su favor deberán primero convocar una comisión externa independiente y plural que deberá emitir una resolución. Si esta no es del gusto de los congresistas, podrá ser rechazada y los congresistas nombrar una nueva comisión. Esto se puede repetir tantas veces como lo crean necesario.

Con delitos infraganti cualquier funcionario, incluido el presidente podrán ser detenidos y procesados. Lo mismo aplica para delitos cometidos con anterioridad. Sobre nuevos delitos y acusaciones constitucionales, el pleno del congreso podrá desecharlos con lo cual la inmunidad del funcionario congresista o miembro del Ejecutivo, se mantendrá hasta por dos años después de concluido el mandato. En ese momento, el Poder judicial podrá iniciar la misma y/u otras solicitando comenzando por establecer el impedimento de salida del país. El impedimento del país comenzará diez días antes del plazo sea que haya previsto o no el inicio del proceso. Si este no se inicia, queda sin efecto este impedimento.

Todas las solicitudes de impedimento de salida o prisión, deben ser atendidas con la máxima celeridad y prioridad por el juez de la causa. La resolución debe ser adoptada en el día en que la solicitud entra al despacho del juez y transmitida alas autoridades policiales competentes. Si la solicitud de esta medida es retrasada por la cadena documentaria, los responsables serán sancionados.

Seguridad y Justicia

Criminalidad y eficacia

Problemas principales: criminalidad extendida y desborde popular. El aumento exponencial de todas las formas de criminalidad y el desborde popular empujado por la ilegitimidad de las autoridades, las malas condiciones de vida y el descontento irracional que crean las desigualdades y los problemas ambientales. Debe aumentarse sustancialmente la dotación policial en las calles, lo que genera empleo permanente y seguridad al ciudadano. La labor policial de controlar el tráfico debe ser transferida a los gobiernos regionales y locales. La policía, entre la que atiende el patrullaje, la investigación y orden público debe duplicarse, además de ser dotada de los medios apropiados y más modernos para su desempeño. Esto además de generar un empleo legítimo tendrá jun efecto disuasivo. Se respetará la carrera en los fuerzas policiales y militares al momento de las promociones y al asumir mandos.

El sistema de justicia, conformado por el poder Judicial y el Ministerio Público, será evaluado por su eficacia, es decir, por la razonabilidad de sus resoluciones como por la celeridad con que las adopte. Los plazos de admisibilidad no pueden ser mayores a un mes incluyendo la elaboración del sustento. Estos informes son elevados a una comisión especial que las revisa de manera aleatoria. La escala de sanciones es pública y conocida. Analizado, la comisión establecerá si lo hizo en el plazo máximo considerado y si el sustento es razonable. Si se incumplen estos criterios, el magistrado será sancionado drásticamente.

Se revisarán las condenas estipuladas en el Código Penal y las entidades judiciales conformarán un comité permanente para proponer cambios, precisiones, eliminaciones, absorciones o fusiones, sustituciones o añadidos de artículos en los instrumentos de justicia o de proponer la separación y/o creación de nuevos instrumentos. Una vez presentada una propuesta, las autoridades de la entidad tendrán hasta 90 días para convocar a un pleno. El acuerdo del pleno, favorable o desfavorable (incluyendo la posibilidad de volverlo a presentar rápidamente) debe ser informado inmediatamente al Ejecutivo, incluida la información en el diario oficial, bajo responsabilidad.

La condena a dos años es con prisión efectiva salvo que el juez establezca lo contrario. Los condenados que no sean recluidos deberán portar un grillete y pagarán mensualmente una caución establecida por el Juez. Los pagos de la reparación civil serán perseguidos. Se construirán más penales para albergar a la creciente y ya excedente población penitenciaria.

Educación

Servicio público de calidad

Creciente mediocridad de los servicios educativos públicos y privados: creación de un organismo único de regulación, de un elevadísimo nivel profesional, designado por concurso y a perpetuidad, salvo falta grave, cuyos integrantes no pueden ejercer otras actividades salvo la docencia universitaria. Este organismo tendrá muy elevados estándares de calidad con indicadores públicos. Sus decisiones pueden ser severas recomendaciones por una sola vez, y/o sanciones muy elevadas a la entidad y sus responsables, distinguiendo en cada caso, sus características. La discusión sobre la sanción solo es atendible ante las instancias jurisdiccionales.

La licencia de funcionamiento o su renovación, de cualquier prestador de servicios de educación al público, será aprobada por el organismo regulador en decisión inapelable. Las solicitudes en caso de rechazo, se pueden volver a presentar todas las veces que se considere necesario en el futuro. En caso de renovación, las observaciones deben ser levantadas en un plazo inmodificable de 90 días. Si esto no ocurre, la entidad será intervenida por el organismo para su reconversión o liquidación. Los responsables de entidades que no presenten informe en los 90 días de plazo, sea de conformidad o en apelación, serán inhabilitados para participar de cualquier entidad educativa por diez años.

Las sanciones distinguen a la entidad del responsable. Los funcionarios de entidades de educación que sean sancionadas más de tres veces, quedan impedidos de ejercer una nueva función en cualquier entidad de educación.

El sector público mejorará y aumentará la calidad de la infraestructura de educación pública y de los funcionarios encargados de ella, bajo responsabilidad de la autoridad. Cada año, el Sector anunciará cuántas unidades educativas serán promovidas o creadas en la categoría “emblemático”. El incumplimiento de esta meta dará lugar a una severa sanción del responsable. Estas unidades emblemáticas funcionan como internados, y deberán disponer de alojamiento para la totalidad de los alumnos y el presupuesto necesario para su alimentación, vestimentas, útiles y pasajes.

En el desarrollo de las asignaturas, las entidades educativas estarán obligadas a incluir un espacio a las artes (plásticas, musicales y otras), a la actividad deportiva, a temas cívicos, idiomas, la vida sexual y a la tecnología e innovación. Periódicamente se difundirán boletines con información y actualizaciones para los docentes. Se llevarán a cabo cursos permanentes sobre estos temas en los que pueden participar los docentes. La evaluación de los mensajes y el medio empleados, será incluido en el informe anual del organismo regulador con las sugerencias del caso. En caso de que sean ignoradas sin expresión de causa en el año, pasarán a constituirse en obligatorias al siguiente año y darán lugar a sanciones, cuando se constate por el organismo en alguna de sus visitas. Todas las entidades educativas deberán contar con Internet y con un número suficiente de computadoras, una por cada alumno sin considerar aquellas destinadas a labores de dirección, docencia y administración. Las computadoras deberán contar con dispositivos complementarios en número razonable, para proyección, grabación y otras necesidades que se reconozcan. Los centros educativos emblemáticos públicos, contaran con los servicios contratados de streaming en música e imágenes. Contarán con una biblioteca básica y un repositorio de músicas y películas a las que puedan acceder los alumnos en sus ratos libres, de acuerdo al estricto orden en que son solicitados.

En caso de desatención por más de 30 días de cualquier solicitud por la instancia central que corresponda, esta y los responsables, recibirán una sucesión de sanciones crecientes hasta que, en efecto cumplan. Mantener y aumentar las becas y los fondos para investigación.

Salud

Cobertura universal público privada

Atención deficiente e inoportuna: debe crearse un organismo de regulación, de un elevadísimo nivel profesional, designado por concurso y a perpetuidad, salvo falta grave, cuyos integrantes no pueden ejercer otras actividades salvo la docencia universitaria. Este organismo tiene competencias con la salud pública como con la salud privada. Este organismo tendrá muy elevados estándares de calidad con indicadores de conocimiento público. Sus decisiones pueden ser severas recomendaciones por una sola vez, y/o sanciones muy elevadas a la entidad y sus responsables, distinguiendo en cada caso, sus características. La discusión sobre la sanción solo es atendible ante las instancias jurisdiccionales.

La licencia de funcionamiento o su renovación, de cualquier prestador de servicios de salud al público, será aprobada por el organismo regulador en decisión inapelable. Las solicitudes en caso de rechazo, se pueden volver a presentar todas las veces que se considere necesario en el futuro. En caso de renovación, las observaciones deben ser levantadas en un plazo inmodificable de 90 días. Si esto no ocurre, la entidad será intervenida por el organismo para su reconversión o liquidación. Los responsables de entidades que no presenten informe en los 90 días de plazo, sea de conformidad o como de apelación, serán inhabilitados para participar de cualquier entidad educativa por diez años.

Las sanciones distinguen a la entidad del responsable. Los funcionarios de entidades de salud públicas o privadas, que sean sancionadas más de tres veces, quedan impedidos de ejercer una nueva función en cualquier entidad de salud.

El sector público mejorará y aumentará la calidad de la infraestructura de salud pública y de los funcionarios encargados de ella, bajo responsabilidad de la autoridad. Cada año, el Sector anunciará cuántas unidades de salud serán promovidas o creadas en la categoría “emblemático”. El incumplimiento de esta meta dará lugar a una severa sanción al responsable. Estas unidades emblemáticas, además del equipamiento de última generación, una dotación de médicos y otro personal especializado para cualquier tipo de enfermedad, de adecuados medios de transporte para emergencias, incluyendo al menos un helicóptero, funcionarán como internados parciales para un familiar del paciente que lo requiera. Todos deberán disponer de alojamiento y alimentación, y un presupuesto para un número limitado de traslados.

En caso de desabastecimiento de productos químicos, complementarios, reparación o sustitución de equipo malogrado, u otra razón concordante, se deberá atender por la instancia central correspondiente, en un plazo no mayor de 30 días, bajo responsabilidad de la referida instancia superior.

Las solicitudes de atención que no sean programadas en un plazo no mayor de 30 días darán lugar a sanciones creciente al responsable hasta que se cumpla, uno de sus últimos niveles es falta grave. Una atención displicente, maleducada o malintencionada, dará lugar, a solitud del afectado, a la formación de un tribunal de honor que deberá pronunciarse en un plazo no mayor de treinta días. Entre sus conclusiones se puede incluir un rechazo a la solitud debidamente fundamentada e inapelable. Esta puede incluir la categoría de falta grave e incluso de recomendación de destitución, ambas inapelables. La decisión final la adopta el nivel superior, fundamentando su decisión. La repetición de más de tres reclamos resueltos con sanción, cualquiera sea el nivel, dará lugar a la destitución del funcionario.

El inicio de cualquier nuevo procedimiento a un paciente, tiene una tarifa de 0.0005 de la UIT que será requerida en el momento en que se efectúa la solicitud. La justificación es disuadir a los ciudadanos para que no abusen de solicitudes de citas que podrían ser evitadas. El centro de salud suministrará los medicamentos recetados gratuitamente, pero si el médico en su informe argumenta que era una cita no justificada, tendrán que ser adquiridas a los precios del mercado. Las citas deben ser cumplidas en la hora programada y por el tiempo establecido bajo responsabilidad. El único crédito de paciente es que el médico por razones de fuerza mayor, no pueda asistir para lo cual el, o la asistente del médico, informará al paciente, con la programación que ira estableciendo siguiendo la propuesta del médico, la fecha de reemplazo. Si el paciente no asistió, su ausencia no genera ningún derecho. Si por alguna razón justificada y comunicada con anterioridad a la fecha de al menos tres días de comunicada, el paciente tendrá un crédito. Al solicitar una nueva cita, tendrá la primera prioridad, aunque esto desplace a quienes solicitaron antes. Ese crédito es hasta por 100 días. Lo señalado en este párrafo, no aplica a los ingresos que el triaje considere efectivamente, de emergencia.

El principio que anima al sector salud público es el de la prevención. Todos los ciudadanos tienen derecho a solicitar una cita anua con ese fin, cada año. El no solicitarlo, no genera derechos acumulables. La consulta preventiva efectuará la revisión más completa para la cual esté habilitada la unidad de salud, siendo públicos, los exámenes que se aplican y el tiempo que requieren y cuándo se completarían. El no asistir injustificadamente sin un preaviso de al menos tres días, no genera derechos al paciente. La solicitud de cita preventiva no tiene costo para el paciente. Los sistemas privados podrán aplicar este mismo criterio cuando esté estipulado en los seguros. La compañía de seguros deber incluir obligatoriamente, una cláusula con este tema en sus contratos.

Infraestructura inversión y producción

Efectividad

Desempleo, informalidad, desorden, extorsión, corrupción y plazos que no se cumplen y se extienden indefinidamente: el objetivo es elegir con el mayor sustento los proyectos, abreviar su ejecución, cumplir con los plazos, optimizar los procedimientos, gastar lo indispensable sin corrupción, de modo que la obra sea de calidad y que una vez entregada, sea empleada sin dilación y correctamente. La medida propuesta es remplazar el actual sistema de contrataciones y adquisiciones establecido con ley y que ha demostrado que no ha podido cumplir con su propósito, siendo reemplazado por un sistema que llamaremos tentativamente, de “turnos”.

El sistema que se propone tendría el siguiente procedimiento: (1) se crea un registro único de proveedores abierto de modo permanente. Los propietarios no podrán inscribir más de una empresa. En caso se identifique que una persona tiene participación en más de una empresa, estas, cualquiera sea su número, serán retiradas del registro y no se admitirá la inscripción de una nueva empresa que incluya a la persona infractora. El mismo criterio se aplica si se descubriera que anónimamente es descubierto participando de alguna empresa. Este criterio aplica por igual a una persona natural o una persona jurídica, nacional o extranjera; (2) la entidad del gobierno que convoca a la ejecución de una obra, deberá hacerlo con la empresa que corresponda. Si esta acredita que no está en condiciones de ejecutarla, se deberá convocar a la siguiente y así sucesivamente hasta recorrerse todo el registro. Si la negativa a ejecutarlo no tiene justificación, la empresa será colocado como último en la lista. Tres negativas injustificadas dan lugar a su cancelación definitiva en el registro de la empresa, sus propietarios y principales funcionarios; (3) como las empresas figuran en un mismo registro que es de conocimiento público y por tanto de todas las entidades del gobierno, no podrá atender más de cinco obras al mismo tiempo. Si es invitado a una sexta es una falta. Si tuviera cuatro podrá participar de la quinta. (4) en el registro figurarán todas las empresas que brindan servicios de construcción y equipamiento. Habrá grandes y pequeñas. Si el turno es de una pequeña, está podrá asociarse con cualquier otra empresa que tenga más de cinco encargos y no más de 10 de participación como socio. Las sanciones que pudiera suscitar la obra darán lugar a una distribución equitativa de costo de acuerdo a la información sobre la participación en la asociación de las empresas. La empresa líder propondrá a sus socios, los mecanismos de salvaguardia en caso de incumplimiento de una de las partes, los que deben incluir obligatoriamente, fianzas una de las cuales es la de la empresa líder. La comprobación de que los documentos o información proporcionada por escrito es probadamente falsa por parte de los participantes, dará lugar a la inhabilitación definitiva de las empresas, propietarios y ejecutivos de todas ellas. (5) si después de consultarse una a una, a cada empresa, en el orden en que participan en el registro (esto incluye a las que ya tienen compromisos en curso pero que estos están programados en un plazo no mayor de seis meses) la entidad declarará desierta la convocatoria y se abocará a una licitación internacional. Sea que al final se ejecute o no se ejecute la obra, todas las publicaciones de asignación que se hagan en el futuro a las empresas del turno, será encabeza con una explicación de que esta como todas las demás empresas ha demostrado una falta de competencia y mala gestión como lo demuestra el caso de su negativa. Si la convocatoria internacional es declarada desierta, la obra no será ejecutada lo que será de público conocimiento, aun cuando se entreguen en el futuro encargos parciales menores que coadyuven a un mismo objetivo.

(6) Las entidades públicas tendrán gerencias de obras que deberán administrar al menos cinco obras y en paralelo, estar en proceso de elaboración de cinco adicionales. Las competencias, en temas, espacios de acción y especialización serán de público conocimiento. Si una gerencia considera que debe abocarse a un nuevo proyecto, desde el inicio debe comunicar su voluntad a las siguientes gerencias. Estas tendrán hasta 60 días para pronunciarse. Si hay una o más objeciones, esta será dirimida la instancia superior. (7) el número de gerencias será determinado por la autoridad superior siendo, lógicamente el mínimo, una. En el curso que un año si la demanda es muy baja, se mantendrá el número de gerencias. Al terminar el año se evaluará el ajuste. En caso de no aplicar este procedimiento, la entidad y el ejecutor serán sancionados de acuerdo a una tabla conocida. (8) habrá una oficina especial de monitoreo y evaluación por hasta tres gerencias de proyectos. Al constituirse una cuarta gerencia, deberá crearse una oficina de monitoreo y evaluación adicional hasta que se complete seis gerencias. El mismo criterio se aplicará cada vez que se completen otras tres gerencias adicionales, bajo responsabilidad. Si en un año se comprueba que el número de gerencias debe reducirse la decisión incluye a las oficinas de monitoreo y evaluación. La creación de nuevas oficinas de monitoreo y evaluación deben ser constituidas en un plazo no mayor de treinta días. Cuando se convoque a concurso se considerará en primer lugar, a aquellos que no fueron contratados en el anterior concurso o que hubieran dejado de trabajar por disolución de una gerencia o propia voluntad. Cada año, los miembros de una gerencia serán evaluados por sus jefes lo que será revisado por la instancia superior. En caso de dos desaprobaciones, será cesado y reemplazado. (9) los funcionarios de las gerencias y oficinas de M&E que sean separados no podrán ser recontratados hasta que transcurra un año. Los separados más de tres veces, quedan impedidos de ejercer una nueva función en cualquier entidad pública. Un funcionario que solicite su cese podrá retornar en el momento que lo desee y haya una plaza. Al ser recontratado no se considera sus antecedentes salvo en el caso de la inhabilitación por un período o definitiva. La inhabilitación definitiva es de cumplimiento obligatorio para todas las instancias del gobierno en sus tres niveles y organismo autónomos bajo responsabilidad del que tomó la decisión. El número de miembros de una gerencia u oficina será ajustado de inmediato por la entidad superior. Se entiende que este número se obtendrá por prueba y error y evaluación permanente. (10) los proyectos son de responsabilidad desde su concepción hasta su entrega por la gerencia correspondiente. Los aciertos y fallos serán puntuados de acuerdo a un criterio público y serán de conocimiento del interesado. La instancia superior evaluará los incentivos como las sanciones al concluir el año. (11) el gerente es reconocido como el gerente del proyecto y es totalmente responsable por su ejecución y por la rendición de cuentas sobre las decisiones adoptadas. (12) los miembros de las gerencias y oficinas tendrán numerosas ofertas anuales de capacitación, entrenamiento y actualización. Es su decisión participar. (13) la preparación del proyecto debe hacerse con el mayor cuidado, con el uso de las herramientas más sofisticadas, validadas y conocidas. Las improvisaciones exitosas serán premiadas, pero las fallidas, reducirán el puntaje del gerente. (14) el estudio debe incluir la mejor información disponible, precisar las fuentes y un resumen de las observaciones efectuadas en su preparación por el consultor. Debe considerar los plazos normales de ejecución, un margen mínimo para pequeños contratiempos acreditables, los plazos para liberar los patrimonios que pudieran afectar la ejecución, la tasa de retorno establecida para las obras públicas y que son conocidas, el proyecto de norma para ejecutar en caso de negativa absoluta a negociar, y el valor referencial en la negociación. También incluye plazos y un monto para contingencias demostradas y señaladas al ser concretadas. El documento se hará público en el diario oficial permitiendo presentar objeciones y recomendaciones en un plazo no mayor de 30 días, en los que se pueden observar o recomendar, incluyendo a las direcciones de la propia entidad, al gobierno regional, al MEF o cualquier otro organismo del sector público. Estos documentos no serán públicos sino de exclusivo manejo de la gerencia de proyecto. Quien no presenta observaciones no tiene derecho a hacerlo en las fases siguientes del ciclo del proyecto. Una vez recibido y adoptado los ajustes que la gerencia considere pertinentes, y en los siguientes 60 días, debe comunicarse a quien corresponde el turno. En un plazo no mayor de 30 días, la empresa del turno comunicará su decisión. Los pasos posteriores se deducen de lo indicado en la y lo que se precise en las siguientes líneas. Una vez hecha la invitación en firme, las gerencias de la entidad pueden efectuar, la convocatoria a cualquier otro proyecto. (14) en caso se demuestre que el documento, parte de él o su contenido fue conocido por un tercero, esto dará lugar a sanción a todos los involucrados y la asignación del proyecto al siguiente en el turno.

(15) el gerente tiene total autoridad y discrecionalidad en sus decisiones a lo largo del ciclo del proyecto. Como se ha indicado, él deberá rendir cuentas sobre las decisiones adoptadas y deberá responder por ellas. Estas decisiones pueden incluir o no, recomendaciones, o admitir correcciones en respuesta a observaciones. Cuando presente su rendición explicará por qué las aceptó o las rechazo lo que será considerado en la evaluación. (16) la empresa contratista del turno podrá solicitar un aumento de hasta cinco por ciento del presupuesto debidamente sustentado. Para la liquidación final se podrá solicitar un aumento de hasta cinco por ciento adicional que deberá ser evaluado por la gerencia del proyecto. (17) los retrasados tendrán severas sanciones. (18) la gerencia del proyecto actuará como supervisor de la obra con visitas inopinadas; (19) al final y habiendo sido entregada la obra, la gerencia calificará el desempeño del o los contratistas.

Para la ejecución de obras se podrá recurrir a acuerdos de gobierno a gobierno, solicitar diferentes asesorías y consultoría o cualquier modalidad que el gerente del proyecto considere justificables. Esto incluye las modalidades de APP y obras por impuestos o cualquier otra que se cree. Proinversión tendrá una función estrictamente promocional y de asesoría. Todos los proyectos son de responsabilidad de las gerencias.

El gobierno facilitará la inversión pública poniendo especial atención a los plazos en que debe emitir permisos o considerar nuevas regulaciones. Esto es especialmente importante en el caso del sector minería por lo que las empresas mineras deberán obligarse a contratar no menos de 50% de su personal de la población del entorno del proyecto. Para este efecto, se deberá calificarse en las etapas preparatorias.

Política Internacional

Aislamiento internacional

El Perú después de haber sido alabado como un tigre ahora es visto como un país paria: Adoptar una clarísima política de no alineamiento, seguir las normas de las Naciones Unidas u otros organismos multilaterales, especialmente los de derechos humanos. Pronunciarse inmediatamente se identifique una falta a estas normas anunciada o ejecutada, sea cual sea, el o los países comprometidos, se considere cercano, socio o lejano. No intervenir sobre asuntos internos de los países, cualesquiera sean estos, ser muy prudente en comunicados de respuesta a expresiones que se pudiera considerar que aluden al Perú. Dar acogida ordenada y de alto nivel, a migrantes y refugiados, manteniendo detenido al infractor hasta el momento en que se habilite su expulsión del país. Desarrollar una política internacional de búsqueda de acuerdos y proactiva.