RESOLUCIÓN Nº 0034-2020/SBN
San Isidro, 1 de junio de 2020
VISTO:
El Informe Especial Nº 00103-2020/SBN-DGPE de fecha 31 de mayo de 2020, de la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada y eficiente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, como ente rector;
Que, en el literal e) de la Política de Estado 35 del Acuerdo Nacional, sobre Sociedad de la Información y Sociedad del Conocimiento, se señala que el Estado fomentará su modernización mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC);
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1446 y la Ley N° 30039, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir al fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación del ciudadano; por lo que resulta necesario mejorar la gestión pública a través del uso de nuevas tecnologías que permitan brindar mejores servicios a los ciudadanos;
Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que la gestión de la entidades del Estado debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles (hardware, software, recursos humanos, normas, entre otros), procurando la innovación y la mejora continua;
Que, mediante el Decreto Legislativo N°1412 se aprobó la Ley de Gobierno Digital, que tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno;
Que, con fecha 22 de diciembre de 2018 se publicó la Resolución de la Secretaria de Gobierno Digital Nº 005-2018-PCM-SEGD, mediante la cual se aprobaron los lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital, teniendo como uno de sus objetivos específicos la planificación de las acciones estratégicas e iniciativas para lograr la digitalización de servicios, procesos e información, así como la transformación digital de las entidades del Estado;
Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 094–2020-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, con fecha 23 de mayo de 2020, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional desde el lunes 25 de mayo hasta el martes 30 de junio de 2020, que fuera declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020- PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nros. 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075- 2020-PCM y 083-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nros. 045-2020-PCM, 046- 2020-PCM, 051-2020-PCM, 053-2020-PCM, 057-2020-PCM, 058-2020-PCM, 061-2020-PCM, 063-2020-PCM, 064-2020-PCM, 068-2020- PCM, 072-2020-PCM y 083-2020-PCM;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal es un órgano de línea de ámbito nacional encargado, entre otros, de planificar, y controlar las acciones relacionadas con los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes estatales bajo la competencia de la SBN;
Que, a través del Informe Especial Nº 00103-2020/SBN-DGPE de fecha 31 de mayo de 2020, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, propone y sustenta la necesidad de contar con una herramienta informática denominada “CONSULTA FÁCIL”, la cual permitirá visualizar los requisitos de los distintos procedimientos administrativos sobre actos de disposición y administración de bienes del Estado que se ejecutan en la SBN; asimismo, accederá a la visualización de “formatos referenciales” de dichos procedimientos, que servirán como pauta para la presentación de sus solicitudes, coadyuvando así al proceso de calificación de las áreas operativas y por consiguiente al propio administrado, reduciendo observaciones y demoras en el procedimiento administrativo; finalmente, se propone que el sistema de apoyo “CONSULTA FÁCIL” tenga un enlace directo al servicio de citas virtuales denominado “REÚNETE VIRTUAL” para que se absuelvan las consultas que pudieran sobrevenir;
Que, por las razones expuestas, resulta necesario oficializar el uso del módulo de entorno web denominado “CONSULTA FÁCIL” en la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;
Con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Gestión de Patrimonio Estatal y el Ámbito de Tecnologías de la Información, y;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificaciones; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N°1412 que aprueba la Ley de Gobierno Digital; y, el literal r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1
Oficializar, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, el uso del módulo de entorno web denominado “CONSULTA FÁCIL”, como una herramienta informática de acceso gratuito que permitirá al ciudadano, a la entidad pública o privada, visualizar los requisitos de los distintos procedimientos de disposición y administración de bienes del Estado y cuyo acceso será a través del portal institucional: www.sbn.gob.pe.
Artículo 2
Disponer que la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal administre y disponga la actualización de la información contenida en el módulo de entorno web, señalado en el artículo 1.
Artículo 3
Disponer que el Ámbito de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional www.sbn.gob.pe en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional de Bienes Estatales