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Acogimiento al Régimen Mype Tributario e IGV

Justo según la UIT del 2021

Escrito por: Dra. Mery Bahamonde 

Según el Decreto Supremo N° 392-2020-EF, (publicado el 15/12/2020) el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) aplicable al ejercicio 2021 será de S/ 4 400,00.

A continuación, algunas consideraciones para el acogimiento al Régimen Mype Tributario (RMT) e IGV Justo en el 2021

Límite de ingresos para el acogimiento al RMT a partir del 2021:

  • Para el acogimiento al RMT los ingresos anuales propios, o ingresos anuales en conjunto con otras personas jurídicas o personas naturales vinculadas en función al capital no deben superar 1700 UIT anuales en el ejercicio 2021, esto es S/ 7 480,000.
  • No podrán acogerse al RMT los contribuyentes que en el ejercicio 2020 obtuvieron ingresos superiores a 1700 UIT (UIT del 2020) esto es, S/ 7 310,000.
  • Los acogidos al RMT realizaran el pago a cuenta del 1% de sus ingresos netos mensuales, siempre que sus ingresos netos anuales en el año 2021 no superen las 300 UIT, esto es, S/1 320,000
  • Los acogidos al RMT pagaran la tasa del 10% anual siempre que sus ingresos netos en el 2021 nos superen las 15 UIT, esto es, hasta S/ 66,000.00.
  • Los acogidos al RMT pagaran la tasa del 29.5% anual cuando sus ingresos netos en el 2021 sean superiores a 15 UIT (S/66,000) hasta 1700 UIT (S/ 7 480,000).

Límite de ingresos para el acogimiento al IGV Justo a partir del 2021:

  • Para acogerse al IGV Justo, las ventas anuales del ejercicio 2020 no deben superar las 1700 (UIT del 2020), esto es S/ 7 310,000.
  • Los contribuyentes no deben mantener deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 1 UIT (2021) esto es S/ 4,400.00.
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