SENTENCIA DE AMPARO QUE RESTITUYE DERECHOS A/V A 12% PARA EL CEMENTO

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SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE AMPARO
EXPEDIENTE Nº 03116-2009-PA/TC

El día de hoy 22 de marzo de 2010 se ha publicado en el diario oficial “El Peruano” la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional declara FUNDADA la demanda de amparo interpuesta por Cementos Lima S.A. e INAPLICABLE el artículo 2º del Decreto Supremo 158-2007-EF que modificó de 12% a 0% las tasas de los derechos arancelarios ad valorem CIF establecidas en el Decreto Supremo 017-2007-EF “Arancel de Aduanas”, para las subpartidas nacionales “2523.10.00.00 cemento sin pulverizar” y “2523.29.00.00 – Los demás”; quedando reestablecida la tasa ad valorem del 12% para los citados productos.

Considerando la relevancia de esta Sentencia, agradeceré pudieran enviarnos sus comentarios al respecto, rogando que éstos sean alturados.

Saludos cordiales,

Dr. Manuel Solis Gayoso

VER SENTENCIA DE AMPARO

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MANUEL SOLIS

Abogado y Egresado de Maestría Derecho de la Empresa PUCP. Asesor, Consultor. Jefe de supervisión normativa Gestor legal en due diligence aplicable a los operadores logísticos. Docente especializado en gestión empresarial https://pe.linkedin.com/in/manuelsolisgayoso

Un pensamiento en “SENTENCIA DE AMPARO QUE RESTITUYE DERECHOS A/V A 12% PARA EL CEMENTO

  • 28 abril, 2010 al 2:26 pm
    Permalink

    Estimado Dr. Solis, buenas tardes:

    Soy nueva suscriptora en su blog. Quisiera saber si ya entró en vigencia el sistema de garantías previa a la numeración, en referencia al artículo 160º de la ley general de aduanas.

    Espero su pronta y grata respuesta, muchas gracias

    Rosario Alfaro C.
    UNMSM- EAP Negocios Internacionales

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