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Mediante esta Resolución, las operaciones que se realicen con los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria no se les efectuará la retención del impuesto a la renta, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, hasta el 31.12.2018. A partir del 01.01.2019 recién se les efectuará la retención correspondiente.

http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/prorrogan-exclusion-temporal-de-las-operaciones-que-se-reali-resolucion-no-326-2016sunat-1467727-1/

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