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¿En el caso de mercancías que no cuentan con seguro de transporte, el agente de aduana debe presentar una carta del importador donde se señale expresamente tal situación?
Mediante Oficio No.006-2006-SUNAT-3A1000 (pulsar aquí), la Administración Aduanera responde en sentido negativo.
En efecto, dicho documento no era exigible durante la legislación anterior y tampoco lo es ahora, bajo el Decreto Legislativo No.1053.