Después de cada conferencia, pronunciamiento o informe diario que hace el Presidente de la República del Perú, -con excepción de algunos pocos días, en los que alternó con otras responsabilidades de Estado-; se advierte los denodados esfuerzos y posibilidades de argumentar lo que precede a estos tiempos de Covid-19 y seguir con la vinculación de lograr la voluntad de sus interlocutores televisivos y radiales del país, para aplicar las razones mejores fundadas y la posibilidad de un entendimiento racional de los peruanos -en medio de un aislamiento social obligatorio cada vez más espacioso-, con un diálogo sincero y de confianza.  Cuán difícil tarea es la de promover y persistir el bien común en estas circunstancias.

Sin duda, la toma de decisiones de quienes nos gobiernan son difíciles, como entender la teoría jurídica del bien común, sin comprender ni distinguir el proceso político y la gestión pública que supone alcanzar el bien general preestablecido constitucionalmente para todos los ciudadanos, sin el consentimiento de la propia comunidad y la sujeción de ésta a las decisiones que el Ejecutivo implementa para toda la Nación peruana, en esta emergencia sanitaria nacional, causada por la pandemia mundial.

Así, advertimos en la publicación del Decreto Legislativo Nº 1458, que genera el marco legal para sancionar el incumplimiento de las disposiciones de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, como de las demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio del COVID-19, reglamentado por el Decreto Supremo Nº 006-2020-IN, que a su vez contiene las disposiciones que regulan las funciones de fiscalización y sanción otorgadas a la Policía Nacional del Perú; la evidencia de los mayores esfuerzos desde el Gobierno Nacional, por lograr el bien común de los peruanos para el tiempo presente, visionando su futuro próximo inmediato; antes de tomar medidas más drásticas y extremas si fuera necesario con el mismo fin.

Persistir desde el Ejecutivo -irremediablemente-, con normas de cumplimiento y medidas restrictivas impuestas, para alcanzar el bien común en el país sin retroceso alguno; nos remite a las concepciones jurídicas más arraigadas en la evolución de la teoría del Estado y la finalidad de ésta en relación con el bien común. Desde la concepción de J.J. Rousseau, en términos de un contrato social, o la de Hobbes, buscando el aseguramiento de la paz, o la de Locke, persiguiendo alcanzar la protección de los derechos fundamentales; todos, indistintamente, no hacen más que determinar y confluir como primer objetivo, el bienestar general de los ciudadanos de un Estado; pero, ineludiblemente lograr el bien común en medio de una pandemia como la que vivimos, demanda el concurso del consentimiento de todos, de la voluntad de los miembros de cualquiera que fuese la sociedad que integran.  Sin esa voluntad popular por alcanzar el bien común, anteponiendo el interés individual al colectivo, al de la sociedad, al de la comunidad en general; las decisiones de quien gobierna con firme esfuerzo y responsabilidad; se convierten en sus conciudadanos, en decisiones limitadas, socialmente divididas, carentes de falta de identidad y patriotismo; y hasta pervertidas por intereses mezquinos, cuando ocurren veladas prácticas de corrupción, sin vergüenza alguna por el dolor ajeno de miles de afectados en esta pandemia nacional y sin repugnancia alguna por arrebatar como botín, los fondos del erario nacional.

En un Estado democrático como el Perú, se requiere encontrar el equilibrio que evite mayor conflicto social en la búsqueda del bien común; todo lo cual demanda la participación proba, íntegra y permanente -máxime en las actuales circunstancias de emergencia sanitaria nacional-, de los demás eslabones que forman todos los niveles de gobierno, no sólo el nacional, sino también el regional y sobretodo el local -municipal- que frente a cualquier poblador -el de a pie-, es el espejo más próximo del mismo objetivo a lograr.  El bien común, se convierte así en el fin equitativo por ganar, sin apetitos económicos, políticos e ideológicos, el equilibrio que responda más allá de una intención solamente, a las exigencias mínimas y máximas del bienestar general y universal; todo lo cual requiere que los miembros de una sociedad, no pueden quedar en el libre albedrío de cumplir o no la ley; todo lo contrario, tienen que subordinarse a toda norma que persiga el bien común y consiguientemente, el cumplimiento exhorta la coerción imperativa de los órganos tutelares del Estado, a costa inclusive de la vida misma, como la realidad nacional lo demuestra hoy, de quienes se convierten en víctimas de la pandemia, en mártires anónimos, que estando en la primera línea del frente de batalla contra el COVID-19, son quienes preservan en plazas, calles y mercados el orden público y representan el Estado Constitucional de Derecho en el Perú.

En este contexto, anotamos una estrecha relación entre la ley y el bien común, que como seres racionales -su cumplimiento-, nos diferencia de los animales que conviven en una manada, piara o rebaño -por ejemplo-, sólo guiados por su instinto natural; en tanto que los miembros de una sociedad moderna -aún pobre económicamente-, tal instinto de coexistencia social es sustituido por una ley, que adapta, solidariamente, la libre voluntad de aquellos miembros de una comunidad y los integra en forma conjunta y ordenada a la consecución del bien común, que como fin últerior, no pone un limite o restricción de los derechos individuales de forma arbitraria; sino por el contrario, en aras de salvaguardar la convivencia social protege los mismos derechos individuales -como la vida humana-, de forma universal.  No se trata de lograr en este concurso social buenas personas, cuya bondad y cumplimiento de la ley, sea producto más por el temor de contagiarse del virus global; sino, procurar alcanzar la misma participación social con auténtico compromiso de buenos ciudadanos, es decir, no un simple civismo caritativo; sino, el cumpliendo de las normas restrictivas de la libertad individual, necesarias para salvar la vida y conservar la salud de la misma sociedad, como bien común.

La realización del bien común propiciando la paz social, en medio de una pandemia, es una ardua tarea de estrategias inéditas en el país, que confronta todo el sistema y estructura del Estado peruano; y demanda el cumplimiento de la ley no sólo de los nacionales, sino también de sus gobernantes -activamente- en forma intersectorial e intergubernamental en todo el entorno urbano y rural del territorio nacional -cualquiera fuera su naturaleza, sea momentánea, parcial o temporal-, incorporando sin exclusión, hasta los pocos contactados de la Amazonía peruana y de las poblaciones marginales andinas.  Sólo así, la coexistencia social coadyuvará también disminuyendo las fisuras de desigualdad e inequidad del bienestar general; o, los estragos del virus, con su mortaja final, devorará antes nuestra propia convivencia.

(*)   Director Ejecutivo de la Fundación Internacional para la Sostenibilidad Ambiental y Territorial FISAT – Socio Director del Estudio Fernández Jeri Asociados.

(*) Publicado también en el Diario La República (Lima-Perú):  https://bit.ly/3b2CquX

(*) Publicado también por FISAT (Cáceres-España / Lima-Perú):  https://bit.ly/3d3Id4Z

 

 

Puntuación: 0 / Votos: 0