Lima Metropolitana gestionó y ejerce funciones regionales

Lima Metropolitana gestionó y ejerce funciones regionales

Categoría : General

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Logros desconocidos por candidatos a la Municipalidad Metropolitana de Lima

 

En la Municipalidad Metropolitana de Lima – MML a través del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana se incorporó al proceso de descentralización en su condición de Régimen Especial por lo que la MML a su vez que ejercer funciones municipales también debe ejercer funciones regionales.

Mientras el resto de gobiernos regionales tuvo 12 años para que se les transfiriera dichas funciones en la MML este proceso se inicia el año 2011. A la fecha, la MML ha recibido 32 funciones regionales y se encuentran en proceso de definirse un grupo importante de las restantes.

  • En este período de gestión se logró iniciar procesos de transferencia en veintidós de veintisiete materias (81.48%).

 

  • Se ha acreditado a la MML, incluyendo las funciones ya transferidas, para poder recibir funciones regionales, en doce de 27 materias (44.44%) que representan a 97 funciones regionales de 185 (52.43%).

 

  • En las materias de Artesanía; Administración y Adjudicación de Terrenos del Estado, y Demarcación Territorial, respectivamente la MML se encuentra en la etapa de la firma de Actas de Entrega y Recepción de Funciones que deben firmar los titulares de los pliegos.

 

  • La MML se encuentra acreditada y expedita para recibir las competencias y funciones regionales en Salud, Educación, Trabajo y Promoción del Empleo.

 

  • Asimismo, la MML ha sido declarada APTA por los respectivos sectores para recibir las funciones regionales en las materias de Ambiente y Ordenamiento Territorial y MYPE.

 

De igual forma, desde la Subgerencia Regional de Descentralización del Programa de Gobierno Regional se coadyuvó a que la MML cumpla con recibir funciones cuya competencia corresponde al nivel de gobierno local (provincial), tal es el caso de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, el Programa de Complementación Alimentaria – PCA y el Programa PANTBC que fueran transferidos en su oportunidad por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (actual Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables).

La gestión pública en materia de descentralización ha permitido conocer la extrema debilidad en la conducción del proceso de descentralización por parte de la Presidencia del Consejo de Ministros, PCM, ya que de acuerdo a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales las transferencias de funciones regionales a Lima Metropolitana en mérito de su condición de Régimen Especial se deben realizar a través de la Comisión Bipartita de Transferencias, que es presidida por la Secretaría de Descentralización de la PCM. Instancia que muchas veces se ha colocado como un espacio que tramita procesos y documentos, pero no realiza estrategias para alcanzar sus objetivos: transferir funciones regionales a la MML.

A pesar de esos condicionantes y un entorno adverso se pudo establecer las relaciones intergubernamentales sectoriales pertinentes que permitieron impulsar y concretar las transferencias de funciones regionales.

Un nudo, dentro de este contexto adverso son los constantes cambios en la Secretaría de Descentralización, SD, de la PCM. En ese sentido, el 3 de agosto de 2011 se designó a Manuel Dammert Ego Aguirre como Secretario de Descentralización, quien renunció en diciembre de 2011, y el 6 de enero 2012 se nombró a Alberto Muñoz – Nájar Friedrich como su remplazo, quién a su vez dimitió en agosto de 2012, nominándose el 29 de agosto de 2012 a Rosa Florián Cedrón como nueva Secretaria de Descentralización. Es decir, en un año se designaron a tres Secretarios de Descentralización.  

Un problema final por resolver como parte de la conducción del proceso de descentralización, es la renuencia de algunos sectores nacionales por avanzar en la transferencia de funciones y competencias a Lima Metropolitana, por el tamaño en recursos humanos, financieros y logísticos que implica esta transferencia, y porque no hay una definición sectorial, ni desde la PCM como órgano director dela descentralización, sobre el papel rector de los ministerios. Al punto que estos sectores cuando realizan de actividades nacionales que se encuentran programadas  en sus planes, los realizan en la provincia de Lima buscando un mayor impacto. La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo le otorga funciones y un papel de competencias exclusivas al gobierno nacional, y no es precisamente la ejecución de actividades.

Se precisa una definición en la conducción de la descentralización en Lima Metropolitana que pueda establecer los desafíos de la gestión pública del territorio en la provincia de Lima, que a su vez es la capital de la República y adicionalmente por la condición de Régimen Especial debe recibir las funciones y competencia regionales por mandato constitucional. Por eso, la Subgerencia Regional de Descentralización participó de una comisión que tuvo como propósito elaborar un anteproyecto de ley sobre el Régimen Especial y capitalidad de Lima Metropolitana, iniciativa y propuesta que se encuentra en estudio en las Comisiones de Regidores.

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