Month: octubre 2013

IMPORTANCIA DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO EN LA APLICABILIDAD DE LA NORMA JURÍDICA

Índice
1.- Introducción. 2 ¿Qué es la filosofía del Derecho? 3.- Necesidad de una filosofía del Derecho práctica 4.- Necesitamos una filosofía del Derecho que cautive. 5.- Conclusiones. Referencias bibliográficas.
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1.- Introducción

El estudio de la filosofía del Derecho permite conduce a la adquisición de nuevo conocimiento que me permite entender de una manera integral y holística el Derecho. Cuando nos referimos a nuevo conocimiento no hacemos alusión a profundizaciones teóricas o dogmáticas sobre el estudio de esta disciplina, sino al conocimiento que suministra herramientas o instrumentos metodológicos para enjuiciarla de manera crítica. En este sentido, surgen dos preguntas capitales: a) ¿Qué es el derecho? y b) ¿Cómo debe ser del derecho?

Desde luego los propósitos o motivaciones particulares de quien muestra interés por la filosofía del Derecho pueden ser diversos. Algunos buscan un espacio que les permita la reflexión académica filosófica para producir nuevo conocimiento; otros buscan fines utilitaristas pragmáticos para su quehacer profesional. Para quienes nos dedicamos a la aplicabilidad cotidiana del Derecho, lo que esperamos conocer son pautas orientadoras, fruto de la reflexión no solamente científica, sino también filosófica, que nos permitan entender la dinámica, por ejemplo, de un sistema procesal en particular y cómo debería ser, en todo caso. (más…)

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y SUS RESTRICCIONES: PARADIGMAS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO

Resumen

La filosofía del Derecho no solamente explica el fenómeno jurídico, sino que formula enunciados prescriptivos de la forma que espera sea el Derecho. Con el advenimiento del constitucionalismo los postulados finalistas de orden axiológico, que son formulados y defendidos desde el campo filosófico, deben necesariamente considerar como componente material de la premisa justificativa el contenido de los derechos fundamentales como entidades normativas limitantes del ejercicio del poder público. De modo que la formulación, por ejemplo, de un modelo de estructura normativa o de un determinado sistema jurídico, tiene que considerar el impacto que producirá sobre los derechos fundamentales. Así, solamente será viable, en la medida que sea favorable para la optimización de estas instituciones iusfundamentales. Es posible que el nuevo orden normativo favorezca a un sector de los derechos fundamentales, pero afecte a otro. En este caso, la concreción de la medida será posible siempre y cuando sea proporcional. El presente ensayo trata de advertir que la Filosofía del Derecho debe afianzar su mirada hacia este fenómeno jurídico, pero no como objeto de análisis, sino como pauta principista, como punto de partida del cual debe postular la corrección del Derecho.

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