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La Resolución de Superintendencia N° 000004-2021/SUNAT vigente a partir del 18/01/2021 determinó el porcentaje de participación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) sobre el precio por galón de combustible consumido en los períodos octubre, noviembre y diciembre de 2020 que deberán considerar para q los transportistas de servicio terrestre regular de personas de ámbito nacional y/o el servicio de transporte público terrestre de carga, para solicitar la devolución del 53% del ISC que forma parte del precio de venta del combustible diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50ppm, adquirido de distribuidores mayoristas y/o minoristas o establecimientos de venta al público de combustibles sustentados con comprobante de pago electrónico.

El porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo aprobado es el siguiente:

 

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