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Informe Nº 000025-2023-SUNAT/7T0000

A propósito del abastecimiento de agua gratuita prestadas por las Empresas de Saneamiento ordenado por mandato legal, Sunat nos recuerda que los servicios gratuitos no están gravados con IGV y que el IGV de las adquisiciones vinculadas a dicho servicio al no generar crédito fiscal puede utilizarse como costo o gasto en la determinación del IR.

Revisar informe en el siguiente link: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2023/informe-oficios/i000025-2023-7T0000.pdf

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