Casación Nº 2578-2017 Lima (publicada 23.01.2022).
Para establecer el valor de mercado previsto en el artículo 32 de la Ley del Impuesto a la Renta aplicable a la venta de bienes del activo fijo bienes cuyas transacciones no son frecuentes en el mercado solo corresponde asignar el valor de realización automática (diferente al valor de tasación)cuando se pruebe la necesidad de inmediatez de la enajenación del activo.
Deja un comentario