SUNAT mediante la Resolución de Superintendencia Nº150-2021/SUNAT reduce el plazo para el envío a la SUNAT o al OSE de la factura electrónica y la nota de crédito vinculada a esta emitidas desde el SEE – Del contribuyente), el SEE Facturador SUNAT (SEE – SFS) y el SEE Operador de Servicios Electrónicos (SEE – OSE)
A continuación, los cuadros que resumen las disposiciones de la norma en comentario:
![](http://blog.pucp.edu.pe/blog/merybahamonde/wp-content/uploads/sites/541/2021/10/SUNAT-DISPONE-VIGENCIA-DE-REDUCCIÓN-DEL-PLAZO-PARA-EL-ENVÍO-DEL-COMPROBANTE-DE-PAGO-ELECTRÓNICO_page-0001.jpg)
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